Potenciar Trabajo: las obligaciones en junio 2024 para Volver al Trabajo

El Ministerio de Capital Humano detalló las obligaciones que deberán cumplir los beneficiarios para continuar cobrando el plan.

El Ministerio de Capital Humano detalló las obligaciones que deberán cumplir los titulares que antes cobraban el Potenciar Trabajo y a partir de las modificaciones fueron designados a Volver al Trabajo, uno de los programas que reemplaza el plan que dependía de Desarrollo Social.

En su página web, el Ministerio informó semanas atrás que el programa original fue reemplazado debido a que resultó «ineficaz». En ese contexto, el Potenciar Trabajo se dividió en dos programas: Volver al Trabajo y Acompañamiento Social.

Potenciar Trabajo ahora es Volver al Trabajo o Acompañamiento Social


Capital Humano informó que los beneficiarios del exPotenciar Trabajo fueron reasignados de manera directa a Volver al Trabajo o Acompañamiento Social. El monto para ambas prestaciones continuará siendo de 78 mil pesos mensuales.

Acompañamiento Social está orientado a personas que recibían el Potenciar Trabajo y tienen más de 49 años. Además reciben esta prestación las madres de cuatro o más hijos menores de 18 años. Por su parte Volver al Trabajo está destinado a personas que cobraban el Potenciar Trabajo y tienen entre 18 y 49 años de edad.

Potenciar Trabajo: obligaciones para Volver al Trabajo en junio 2024


Las personas beneficiarias de Volver al Trabajo, uno de los programas que reemplaza a Potenciar Trabajo, tendrán las siguientes obligaciones generales en junio 2024:

*Mantener actualizada su información personal, vías de contacto e historia laboral en el Portal Empleo.

* Participar por solicitud personal o por convocatoria de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en alguna de las prestaciones ofrecidas por el programa.

* Cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa correspondiente a cada una de las prestaciones.

* Brindar toda documentación o información que les sea requerida vinculada con su participación en el presente programa.

* Comunicar de inmediato cualquier novedad referida al incurrimiento en alguno de los supuestos de incompatibilidad.

* Reintegrar las asignaciones dinerarias que indebidamente hubieran percibido.


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