Secuestran en Viedma 13 plantas de marihuana en el patio de una vivienda
El hombre había afirmado que contaba con el permiso del REPROCANN, sin embargo no lo pudo demostrar y la Policía de Río Negro le incautó 13 plantas.
Efectivos de la Policía de Río Negro descubrieron que un hombre tenía en un patio interno plantas de marihuana de más de 3 metros de altura. Manifestó que tenía el permiso, sin embargo no lo pudo constatar y le secuestraron las plantas.
La Policía de Río Negro encontró 13 plantas de marihuana de más de 3 metros de altura, en un domicilio al que acompañó a una mujer a retirar sus pertenencias del lugar.
Cuando el personal ingresó a la vivienda, logró observar que en un patio interno se encontraban las plantas.
Rápidamente esa situación fue informada al secretario del Juzgado Federal, con asiento en Viedma, quien dispuso la intervención a la Delegación de Toxicomanía Zona Atlántica.
Minutos más tarde, llegó al lugar el propietario de la vivienda, un hombre de 37 años que manifestó poseer el permiso de cultivo del REPROCANN.
Sin embargo, como no se pudo constatar dicha solicitud, se procedió al secuestro de 13 plantas de Cannabis Sativa, de más de 3 metros y también otros tres plantines.
¿De qué se trata el REPROCAMM?
El Programa procura mejorar el acceso a quienes tienen indicación médica basada en la evidencia científica disponible, a un producto como especialidad medicinal; con formulación magistral; o que se origine en un cultivo controlado de la planta de cannabis realizado por los pacientes para sí, por terceros, o por una red de pacientes asistidos por Organizaciones No Gubernamentales (ONG) autorizadas por el Programa a través del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN).
Las personas que no posean cobertura de salud y sean atendidos exclusivamente en el Sistema Público de Salud y que cuenten con indicación médica tienen derecho a acceder en forma gratuita a los derivados de la planta de cannabis por parte del Estado Nacional.
Para las personas que tienen obra social o prepaga la cobertura deberán brindarla las Obras Sociales y Agentes del Seguro de Salud del Sistema Nacional, las demás obras sociales y organismos que hagan sus veces creados o regidos por leyes nacionales, y las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga.
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