Intento de femicidio en Neuquén, habló la víctima: «ahora sí yo tengo miedo»

Su expareja entró a su casa de madrugada y la lastimó con un cuchillo en el cuello, desobedeciendo la prohibición de acercamiento. Un tribunal resolvió hoy que el imputado no puede permanecer en prisión domiciliaria y dictó la preventiva.

Claudio Eduardo Calfuqueo tenía prohibido acercarse a su expareja por orden judicial, ya que había ejercido violencia de género. El 19 de enero, a las 5 de la madrugada, entró a la fuerza a la casa del barrio Almafuerte II de la ciudad de Neuquén donde ella dormía, y la lastimó con un cuchillo tramontina. Acusado por intento de femicidio, se le impuso detención domiciliaria, medida que iba a ser revisada hoy. La víctima fue a la audiencia, pero nadie la vio. Era la única sentada en la sala, con una gasa en el cuello, y levantó tímidamente la mano cuando el presidente del tribunal le preguntó a la fiscal Silvia Moreira si la mujer estaba al tanto y quería participar. Después de un cuarto intermedio pudo hablar.

Ahora sí tengo miedo, yo necesito que él no se traslade a ningun lado, aseguró frente a los jueces Maximiliano Bagnat, Luciano Hermosilla y Juan Manuel Kees.

El acusado desobedeció siempre las restricciones de contacto que dispuso la justicia de Familia desde el 31 de diciembre de 2023, cuando ella denunció lesiones y amenazas con un arma de fuego.

Calfuqueo no debía acercarse a la víctima, con quien había estado en pareja por 19 años, e incluso se resolvió que la mujer tuviese custodia policial. Pese a eso, el 7 de enero de 2024 la cruzó en la calle, la tomó por la espalda, le apretó el cuello y le gritó «que iba a matarla». Ella lo informó a la Línea 148. El 10 de enero la amenzó por teléfono y le arrojó en su casa piedras que tenían atadas cartas.

La fiscal afirmó que el sábado pasado, cuando la jueza de Garantías Natalia Pelosso le concedió la prisión domiciliaria, con custodia permanente y una tobillera electrónica, se le «otorgó un plus de confianza al señor Calfuqueo, aún cuando había mediado incumplimientos a medidas cautelares previas, dictadas por el juzgado de Familia, y él reconoce su incumplimiento. En ese sentido entiendo que no actuó con la debida diligencia reforzada«.

La debida diligencia reforzada es la obligación que tiene el Estado de prevenir y erradicar la violencia de género, basada en los compromisos que Argentina asumió internacionalmente. En este caso, el Poder Judicial debe procurar investigar, juzgar y sancionar a los responsables, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición.

«No podemos seguir dándole un plus de confianza a Calfuqueo a costa de la vida de la señora», insistió Moreira. Planteó que los episodios de violencia fueron incrementándose y por eso solicitó la prisión preventiva por cuatro meses.

Tanto el defensor público Leandro Seisdedos como el asesor jurídico, Matias Gómez Congost, manifestaron que la decisión de la jueza fue fundada, y remarcaron la crisis carcelaria que atraviesa la provincia: de las 72 plazas que hay en comisarías (donde iría Calfuqueo) ya hay más de 90 detenidos.


«No vamos a poner en riesgo la vida de la señora»


«La detención domiciliaria que consiste en una orden judicial de que el señor no se vaya de ese domicilio, sumado a custodia policial, que son las dos medidas que se adoptaron reiteradamente con anterioridad y que el acusado las incumplió sistemáticamente, muestran claramente que las medidas son insuficientes», explicó Kees, que presidió el tribunal.

Señaló que el Estado argentino tiene el deber «de adoptar decisiones que sean efectivas para la protección de las víctimas». Mencionó el caso Olga del Rosario Díaz, en el que gobierno asumió su responsabilidad internacional por el deficiente tratamiento judicial a una mujer que casi muere apuñalada por su marido. Sostuvo que la jueza no valoró «adecuadamente los elementos de prueba que acreditan este contexto de violencia».

Kees presidió el tribunal de revisión. Foto Matías Subat.

Agregó: «no desconocemos la gravedad de la situación carcelaria, sabemos que hay sobrepoblación, sabemos que hay establecimientos que tienen fijado cupos, pero la solución a esto es adoptar medidas menos restrictivas en los casos más leves, no en los casos más graves».

«Imponerle las mismas medidas que ya se le impusieron y que nos las cumplió en este caso es insuficiente, y no vamos a poner en riesgo la vida de la señora», concluyó.

Permanecerá con prisión preventiva cuatro meses, que es el plazo de la investigación.


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