Todo sobre el Bopreal y el registro de deuda para importadores
Por qué la suscripción de estos bonos puede constituir una oportunidad para ciertos contribuyentes. La Serie 1 de este instrumento está vigente hasta fin de mes.
Por Cr. Parrilli Federico José (CHINNI, SELEME, BUGNER Y ASOC.)
La semana anterior se publicó la prórroga para que los importadores puedan declarar las deudas que mantienen con sus proveedores del exterior. El nuevo plazo quedó hasta el 24/01/24.
Este registro tiene el doble propósito de tomar conocimiento por parte del Estado de la deuda que mantienen los importadores con el exterior como también habilitar a estas empresas a suscribir un bono para acceder al pago de la deuda.
Recordamos que el Bopreal (Bono para la reconstrucción de la Argentina Libre) tiene como finalidad económica y del balance del BCRA aspirar pesos que hoy están en el sistema financiera remunerados bajo diferentes tipos de inversión y ofrecerles un bono que se cancelará en dólares con diferentes opciones de inversión.
En concreto, el importador que tiene pesos suscribe este bono tomando el tipo de cambio oficial y luego el Estado le entregará dólares al valor nominal en las fechas de vencimiento.
Las opciones de inversión del bono están concentradas en 3 series con diferentes matices. Actualmente solo está disponible para la suscripción la Serie 1, las otras dos series se ofrecerán a partir del 1 de febrero.
Quienes opten por estos bonos podrán hacerse de dólares vendiéndolos en mercado secundario contra dólar cable sin estar penalizados para ingresar al MULC.
La Serie 1, que se encuentra vigente hasta el 31/01/2024, tiene las siguientes particularidades. El vencimiento del plazo para el pago del bono es en Abril/2027 y Octubre/2027 en cuanto a amortización del capital (50% en cada mes) y los intereses se abonarán semestralmente a una tasa de interés del 5% anual. Asimismo, este bono puede ser transferible y comercializado en mercados secundarios con acceso a dólar cable sin inhabilitación de ingreso al MULC para el pago de importaciones a diferencia del resto de los bonos soberanos que inhabilitan el ingreso al MULC por 90 días cuando se comercializan con MEP o CCL.
Además, esta serie tiene la ventaja de que no abonará el impuesto PAIS a diferencia de las otras dos series, como así también tiene el plus de que en el caso que un importador suscriba más del 50% de su deuda con estos bonos podrá acceder a un 5% del importe total del bono suscripto para el pago de importaciones de bienes o servicios.
Adicionalmente esta Serie 1 se divide en 4 series adicionales que dan la posibilidad de rescatar anticipadamente en pesos de acuerdo con el siguiente cronograma: 20% desde el 30/4/2025 al 29/4/2026; 20% del 30/04/2026 al 29/04/2027 y 30% 30/04/2027 al 31/10/2027.
El rescate se realizará en pesos y el valor de cotización será un promedio del dólar oficial y la cotización del CCL. Asimismo, se podrá utilizar para el pago de impuestos nacionales y aduaneros.
Por último, esta primera serie, de acuerdo con lo establecido por la Comunicación A7941, también podrá ir cancelando la parte de la deuda restante (no suscripta) con el flujo de divisas de las exportaciones que realicen y cuyas liquidaciones de cobranzas hubiera correspondido ingresar a partir del 1 de marzo de 2025, según los plazos normativos establecidos, hasta un máximo de 10% por mes, de forma tal que en 10 meses puedan cancelarla totalmente. Esto aplica para la deuda por importaciones que no fuera suscripta.
La realidad es que en las primeras 3 licitaciones de la Serie 1 que salieron al mercado se suscribió hasta el momento el 31% del total ofrecido que asciende a USD 5.000 millones.
Dato
- 5%
- Es la tasa de interés anual que rinde la Serie 1 del Bopreal. Los intereses se abonarán semestralmente.
La Serie 2 tiene un vencimiento de amortización de capital en 12 cuotas a partir de julio/2024 sin el pago de intereses y no se permite la venta en mercados secundarios, pero sí puede ser transferibles a terceros.
Por su parte la Serie 3, cuyo vencimiento opera en el mes de mayo/2026, prevé amortización de capital en 3 cuotas en las fechas noviembre/2025, Febrero/2026 y mayo/2026. En este caso la tasa de interés es del 3% anual y el pago de los intereses se realiza trimestralmente donde el primer pago es en agosto/2024. También se permite el mercado secundario y puede ser transferido a terceros, y se habilita para acceso al dólar cable en el mercado secundario sin inhabilitación para el ingreso al MULC.
En síntesis, puede ser una oportunidad para ciertos contribuyentes en optar por estas herramientas financieras y de hacerse de dólares esperando la amortización o bien vendiéndolos en el mercado secundario contra dólar cable sin estar penalizados para ingresar al MULC.
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