Ordenan al director del penal tratamiento psicológico y actividades recreativas para una interna en Cipolletti
Lo dispuso el juez de Ejecución Lucas Lizzi. El magistrado otorgó salidas transitorias a una mujer para que pueda visitar a sus hijas.
Un juez de Cipolletti cuestionó al servicio penitenciario que pretendía que dos niñas de 3 y 4 años visiten a su madre en el penal. “Los sacamos y los quieren volver a ingresar, no tiene sentido”, lanzó el magistrado de Ejecución Lucas Lizzi en su resolución. Además, le ordenó al director del establecimiento un tratamiento psicológico para la interna, más actividades recreativas y talleres. La sentencia dispuso el régimen de visitas de una madre detenida para poder ver a sus hijas cinco horas cada 15 días.
Lizzi, que afronta varias denuncias de internos por su rigidez para otorgar beneficios, falló a favor de la condenada a pesar de los intentos de las autoridades del penal. También ordenó que los efectivos a cargo del traslado lo hagan de civil, no uniformados puesto que es re victimizante para las niñas.
Del fallo se desprenden las falencias del servicio en la provincia: no sólo la falta de actividades sino también de tratamiento psicológico, una herramienta clave para la reinserción social y el acceso a los beneficios que prevé la ley de Ejecución.
La mujer condenada por un homicidio dijo en la audiencia que la encierran de 14 a 20 con las ventanillas atornilladas y sin ningún tipo de recreación. El juez le dio un voto de confianza ya que la interna mostró mejoras considerables en los informes que realiza el servicio penitenciario.
“Existe en educación dos cruces en ´muy bueno´, en asistencia, así como dedicación y aprovechamiento del espacio. Llama la atención que en psicología tiene todos los ítems en bueno, antes no era así (…) Es un voto de confianza, para alentarla a que siga en ese sentido. Le recomienda participar y cumplir normas, sostiene la resolución.
Por eso Lizzi le requirió al director del Penal 5 que proceda a incorporar a la interna al tratamiento con áreas social y psicología y “arbitrar los medios para que pueda acceder a actividades recreativas y busque alternativas de taller. En caso de no ser posible informe los motivos”.
La mujer fue condenada a 20 años de prisión por un homicidio cometido en Cinco Saltos. No se consignan mayores detalles en protección de sus hijas menores: la identificación de la madre es, en los hechos, la identificación de las niñas.
El Servicio Penitenciario, además de las falencias cotidianas, mantiene una grave deuda con las mujeres condenadas. A pesar de que el número es bajo, carece de lugar de alojamiento y muchas son enviadas al sector denominado El Maruchito, que depende del Penal 2 de Roca. Pero allí se generan graves conflictos de convivencia que desencadenan hechos de violencia.
Fue lo que ocurrió con la mujer de este caso y la interna Laila Díaz, quien recibió 30 años de prisión en 2015 por el homicidio de la laboratorista Carla Milla en una clínica de Cipolletti. Al año siguiente, el juez Pablo Repetto (hoy defensor federal en Neuquén) otorgó el traslado de Laila al penal cipoleño por los constantes acto de discriminación que sufría en Roca. El entonces fiscal –hoy juez de juicio- Marcelo Gómez acompañó el pedido. Díaz falleció el 8 de marzo de 2018 por una infección generalizada.
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