Elecciones 2023: a quién beneficia el voto en blanco

Cómo se contabilizan los votos en blanco y cuál es la diferencia con el voto nulo, impugnado y recurrido. Conocé más detalles.

Redacción

Por Redacción

A pesar de que votar es obligatorio, no todas las emisiones son válidas en Argentina. A quien beneficia el voto en blanco en las elecciones 2023, según la Cámara Nacional Electoral.

Los comicios para elegir presidente tendrán su primera instancia en las PASO del 13 de agosto, cuando se elijan los candidatos definitivos que competirán en octubre y dará como ganador al espacio político que asuma el 10 de diciembre, día en el que se cumplirán 40 años de democracia ininterrumpida.

A quién beneficia el voto en blanco


Según la Cámara Nacional Electoral, existen dos tipos de voto válido: el afirmativo y el blanco. El primero corresponde a la elección de alguna de las opciones electorales disponibles. Mientras que el voto en blanco es cuando en el sobre no se pone ninguna boleta o algún otro papel sin ningún tipo de imagen o inscripción.

El organismo nacional determina que el voto en blanco es «una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos».

Según la Constitución vigente de 1994, solo en las elecciones PASO los votos en blanco se incluyen dentro del total de sufragios de los distintos espacios políticos. Mientras que en las elecciones generales es distinto.

En las elecciones generales, los votos en blanco se transfieren al candidato que menos puntos tenga. En el caso contrario, si hay un candidato que obtiene el porcentaje necesario para ganar en primera vuelta los votos en blanco no se cuentan.

En este sentido, un candidato debe obtener más del 45% de los votos positivos emitidos para ganar en primera vuelta o, en todo caso, más del 40% con una diferencia mayor a los 10 puntos en relación con la segunda fuerza.

Voto impugnado, nulo y recurrido


Los votos impugnados, nulos y recurridos están por fuera de los «válidos«. Se considera como voto nulo cuando se usan boletas falsas o varias de distintas agrupaciones políticas. También cuando se introduce dentro del sobre objetos que no tienen nada que ver con los comicios, como dibujos.

Los votos impugnados son todos aquellos que las autoridades de mesa consideran que el votante no es dueño del DNI que presentó. En este caso, es la Justicia Electoral quien deberá determinar la validez del voto.

Mientras que se considera como votos recurridos a los que son cuestionados por alguno de los fiscales partidarios, en cuanto validez o nulidad. Si la Justicia Electoral considera que son válidos, se los incorpora al partido que corresponda.


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