Intentó desalojar a su expareja, pero la justicia de Cipolletti rechazó el pedido porque ejercía violencia

Un hombre de Cipolletti pretendió desalojar a su expareja y a su hijo de la vivienda familiar para recuperar su casa. El fuero civil rechazó su pretensión.  

Un hombre de Cipolletti intentó desalojar de su domicilio a su expareja. Luego de que se disolviera la relación, el propietario del inmueble empezó a exigirle a la mujer la devolución de la casa, pero ella se negó. La resolución consideró los antecedentes por violencia familiar y una medida que pesó sobre él cuando lo excluyeron del hogar. Se sostuvo además que el conflicto está sesgado por determinar el uso de la vivienda. 

Según explicaron en el fallo del fuero civil de Cipolletti, «la relación de pareja se inició en 2009 y, tiempo después, el propietario del inmueble decidió formar una familia. Todos, incluso sus hijos, tuvieron residencia en esa casa hasta que en 2017″. 

Aquel año, la mujer formuló una denuncia por violencia familiar. Luego de aquel suceso, la pareja se disolvió y una jueza de Familia de Cipolletti excluyó al hombre del hogar. También se dictó una prohibición de acercamiento. 

Con el paso de los años, el propietario del inmueble empezó a exigir a la mujer la devolución de la casa. Ella consideró que la medida de desalojo vulnera los derechos del hijo en común que tienen, que también residía en el domicilio. 

Durante el periodo de cuarentena de la pandemia, la mujer optó por quedarse en la casa. El hombre denunció que ella permanecía en calidad de intrusa y que además había realizado modificaciones en la vivienda. Incluso permitió el funcionamiento clandestino de una peluquería en el living.  

Ella manifestó que se encontraba sin trabajo, y que el padre del niño no abonaba la cuota alimentaria. Argumentó que realizaba cortes de pelo a domicilio y que también atendía a clientas en la casa para poder cuidar al niño. 

La jueza civil que rechazó el desalojo consideró que no se desconoce la existencia del deber de restituir el inmueble, puesto que le pertenece al hombre, pero estimó que no es esta la oportunidad de devolverlo. Determinó que la devolución quedará diferida a la resolución de los conflictos que se ventilen por los vínculos de familia que median en el asunto. 

Además, consideró que rige el principio de especialidad vinculado a las relaciones de familia. La magistrada civil sostuvo que en este caso ya está interviniendo una jueza de familia y que, por las particularidades, el abordaje es integral y con especial perspectiva de la delicada materia involucrada. 


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