Decisión del Banco Central: fintechs argentinas no podrán hacer operaciones con criptomonedas
La nueva disposición tiene como argumento "los riesgos que las operaciones" con estos activos podrían generarles a las personas.
Los proveedores de servicios tecnológicos (Fintechs) que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) no podrán realizar ni facilitar a sus clientes las operaciones con activos digitales, incluidos los criptoactivos, que no se encuentren regulados por la autoridad nacional competente y autorizados por el Banco Central.
La normativa, por lo tanto, les impide a esos proveedores efectuar este tipo de operaciones por sí mismos ni ofrecer iniciarlas desde sus aplicaciones o plataformas web.
Por ofertar o facilitar se entiende la disponibilidad de botones de compra automatizados para el usuario.
Las personas interesadas deberán realizar la operación por su cuenta.
Qué es el sector fintech
El sector fintech está integrado por empresas que utilizan la tecnología para mejorar o automatizar los servicios y procesos financieros. El término fintech hace referencia a un sector en rápido crecimiento que se orienta a los intereses de los consumidores y a las empresas.
La medida dispuesta por el BCRA procura «mitigar los riesgos que las operaciones» con estos activos podrían generarles a las personas usuarias de servicios financieros y al sistema nacional de pagos.
Esta norma equipara las reglas que los PSPCP y las entidades financieras deben cumplir.
Estas últimas ya cuentan con una restricción de igual tenor desde mayo de 2022, difundida a través de la Comunicación A 7506.
En mayo de 2021, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta a efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores.
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