Crimen en Senillosa: el juez tiene dudas y no avaló aún el acuerdo entre fiscalía y defensa
Se tomó 48 horas para pensarlo. Tiene que definir si fue un homicidio simple o está atenuado por un exceso en la legítima defensa.
La fiscalía, la querella que representa a la familia de la víctima y la defensa del imputado están de acuerdo en todo: Alfredo Martín López Boudet (44) mató de dos balazos por la espalda a Juan Guillermo Sepúlveda (25) en Senillosa, con exceso en la legítima defensa, y debe ser condenado a tres años de prisión en suspenso. El único que tiene dudas es el juez que debe ponerle la firma a la sentencia, Lucas Yancarelli; por eso se tomó hasta el viernes para pensarlo.
El largo y trabajoso acuerdo al que arribaron la acusación y la defensa pende ahora de la decisión del magistrado, quien no está convencido de la calificación que le proponen: exceso en la legítima defensa, que tiene una escala penal de 1 año y 4 meses a 6 años y 8 meses de prisión.
Cuando ocurrió el hecho, en octubre del año pasado, ante el mismo juez, la fiscalía imputó a López Boudet por homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, que tiene una pena mínima de 10 años y 4 meses.
¿Qué cambió?
«Yo quiero saber qué cambió desde la formulación de cargos hasta hoy» para que se haya atenuado la acusación. «Posiblemente exista una incoherencia entre la descripción de los hechos y la calificación» propuesta para el acuerdo, dijo este miércoles el juez Lucas Yancarelli.
La fiscal de Homicidios, Eugenia Titanti, describió el hecho. López Boudet disparó contra Sepúlveda -quien estaba desarmado- porque éste había ingresado a robar a su chacra.
«Pudo hacer menos»
La víctima «se estaba yendo, el imputado se excedió porque se podría haberse defendido con menos. Repelió el ingreso de una persona que se metió en su propiedad indebidamente, de noche. Podría haberlo hecho con menos, pero no lo hizo».
De todos modos, aclaró la fiscal, López Boudet no cometió «un homicidio deliberado, doloso».
El querellante Guillermo Orpianessi coincidió con la descripción y con la pena de 3 años de prisión en suspenso. Dijo que la familia de la víctima, padre de dos niños, prestaba conformidad para ponerle fin al proceso sin llegar a juicio, mediante ese procedimiento abreviado.
Por su parte el imputado asumió la responsabilidad y dijo estar dispuesto a cumplir la pena en suspenso. El defensor Coto destacó su ausencia de antecedentes y el reconocimiento del hecho.
El caso del ingeniero Santos
Pero el juez Yancarelli se quedó con dudas. Citó de memoria el caso del ingeniero Horacio Santos, que fue emblemático en 1990: persiguió y fusiló de un balazo en la cabeza a los dos ladrones que le habían robado el pasacasete de su auto.
Titanti le recordó que en primera instancia lo condenaron por homicidio pero luego revocaron esa sentencia y le impusieron la pena por exceso en la legítima defensa.
En el caso de López Boudet y Sepúlveda, la víctima fatal entró a robar un tanque de agua, sin concretarlo. Ya había ingresado en anteriores oportunidades a esa chacra, y a otras propiedades de la localidad.
El viernes se sabrá si el acuerdo queda homologado tal como lo presentaron las partes, o cuál será el destino de este legajo.
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