Desempleados cobran $32.000 de Anses: requisitos y cómo tramitar la prestación

La Anses mantiene vigente una serie de prestaciones complementarias en abril. Los detalles acá.

La Anses continúa con el cronograma de pagos de abril para las distintas prestaciones. En paralelo mantiene vigente una serie de prestaciones complementarias.

La Prestación por Desempleo es una de ellas. Se trata de una asistencia para personas que fueron despedidas de sus trabajos registrados o hayan dejado su puesto por un quiebre de la empresa.

«Durante la vigencia del beneficio tenés derecho a asignaciones familiares (ordinarias y extraordinarias) y a la obra social a la que estabas afiliada/o», recalcó Nación en su página web.

Además resaltó que el período durante el cual se cobra esta prestación se computa como antigüedad para fines previsionales.

El monto se calcula según los ingresos y meses trabajados con aportes en los últimos 3 años, con un valor mínimo de $19.305 y un valor máximo de $32.175. Además, los trabajadores mayores de 45 años cobran durante 6 meses más.

Prestación por Desempleo: qué necesito para tramitarla


1. DNI (original y copia)

2. Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

Despida/o sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
Despida/o por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Prestación por Desempleo: cómo tramitarla


1. Reunir toda la documentación personal y familiar correspondiente. Si hubo un cruce de telegramas con tu empleadora o empleador, deberás realizar un trámite previo.

2. Podés hacer este trámite de forma presencial: pedí un turno en Anses y presentá la documentación requerida en la oficina de Anses.

3. También podés solicitar esta prestación por internet: ingresá en Atención Virtual con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social y se seguí los pasos.

Desde la página web de Nación recordaron que este trámite es personal y contás con 90 días hábiles para solicitar la prestación desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. Después del plazo establecido, por cada día hábil transcurrido, te descontarán un día de prestación.

Qué pasa si ya cobro la Prestación por Desempleo


1. Revisá todos los meses el recibo de cobro. El Ministerio de Trabajo puede citarte. Si no te presentás, te suspenderán la prestación.

2. Si empezás a trabajar nuevamente, deberás suspender el cobro antes de los 5 días de iniciado el nuevo trabajo.

El costo del trámite es gratuito.

Para más información: argentina.gob.ar/servicio/tramitar-la-prestacion-por-desempleo


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