Le decomisaron el auto como castigo por robar en una escuela en Catriel
El vehículo pasó a la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro. Además los imputados recibieron una pena de tres años de prisión en suspenso.
Un hombre que robó una bomba de agua en una escuela de Catriel fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso. Como no tenía antecedentes, siempre que cumpla las pautas de conducta impuestas, no irá a una cárcel. Sin embargo el fallo consideró la gravedad y el perjuicio para el establecimiento educativo y le decomisó el auto.
El delito por el que fue condenado Jeremias Gabriel Hernan Kippes fue el de robo en poblado y en banda en concurso real con encubrimiento por receptación y ánimo de lucro. Su compañero Santiago Manuel Pascual recibió la misma condena.
Según la acusación de la fiscalía, los dos hombres con la colaboración de un tercero que vigilaba y hacía de chofer, saltaron el paredón de la escuela N°241 de Catriel, cortaron el suministro eléctrico y sustrajeron una bomba de agua. El establecimiento educativo se quedó sin el servicio y eso causó algunos trastornos en el normal funcionamiento de las clases.
Durante la investigación se hizo un allanamiento y en el domicilio de los sospechados se encontró también un tanque de agua y objetos que pertenecían a la Supervisión de Nivel Primario, entre ellos útiles y elementos de limpieza. También se secuestró el Renault Clio que pertenecía a Kippes y que utilizaron para huir el día del robo en la escuela.
La sentencia de Cipolletti condenó a los dos imputados y les impuso estrictas pautas de conducta, puesto que ambos carecían de antecedentes. En consecuencia la modalidad de la pena es de ejecución condicional, es decir no van a la cárcel. El fallo autorizó el decomiso del vehículo, no solo porque está contemplado en la legislación como pena accesoria, sino por la gravedad del hecho y el perjuicio ocasionado a la comunidad educativa. El auto pasó a la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia.
La defensa del propietario del auto interpuso un recurso pero el Tribunal de Impugnación terminó convalidando el decomiso del Clio. En ese segundo fallo, a su vez, se citó un precedente del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que se considera doctrina legal obligatoria.
“El decomiso es una pena accesoria de carácter retributivo y su cuantificación es materia reservada a los tribunales de sentencia, ajena por regla a la instancia extraordinaria máxime cuando la parte no pone en evidencia una grosera desproporción entre la sanción impuesta, la gravedad de los hechos y la culpabilidad”, surge del fallo del STJ.
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