Quedó con secuelas tras caerse del transporte escolar y la indemnizarán por una suma millonaria

El fuero Civil confirmó la indemnización de casi cuatro millones más los intereses por el 35% de incapacidad que sufrió la niña.

En Cipolletti, una niña de diez años se cayó en un transporte escolar y pensaron que su golpe no había tenido mayores complicaciones. Aunque a los pocos días después no podía caminar, al ser atendida detectaron una fractura compleja por lo que terminó internada y tuvo que ser operada. Se realizó un reclamo civil y desde la justicia fijaron una indemnización cercana a los cuatro millones.

Según explicaron, la niña perdió el equilibrio mientras bajaba de la camioneta que la transportaba hasta su casa. Su tío tuvo que ayudarla para que ingrese al domicilio pero a los dos días quedó inmovilizada hasta que recibió asistencia.

En un principio, los familiares pensaron que fue un simple golpe pero al notar su inmovilidad, la trasladaron al hospital. Los médicos confirmaron que había sufrido fractura en su rodilla izquierda, «presentando un cuadro de epifisiolisis de fémur distal grado III», detallaron. Tuvo que someterse a distintos tratamientos, estuvo con yeso y dejó de asistir a la escuela. Explicaron que por su corta edad no pudo ser intervenida quirúrgicamente.

En la demanda civil los damnificados afirmaron que el piso de goma del rodado utilizado como transporte escolar estaba recién lavado y mojado. Por lo que le atribuyeron a esas condiciones el incidente sufrido por la alumna al resbalarse en el último escalón.

La sentencia fue confirmada por el fuero Civil de primera instancia, que determinó las responsabilidades y fijó una indemnización por $3.963.668,47 más los intereses por el 35% de incapacidad que sufrió la niña.

Según lo que concluyó el fallo, la responsabilidad era del propietario del transporte escolar y también del ministerio de Educación ya que al proveer el servicio de transporte, es responsable del cuidado y la vigilancia jurídica de los niños y niñas hasta que son devueltos a su hogar.

“Es que en los casos en que el transporte de los alumnos está a cargo del Estado, la prestación adecuada del mismo está sujeta al control de la autoridad escolar, desde el momento en que el niño, niña y/o adolescente es retirado de su hogar y hasta que es devuelto al mismo«, explicaron en la sentencia.

Además, el fallo confirmó que «los daños sufridos y causados a (y por) los menores de edad quedan sometidos a la responsabilidad del Estado como titular del establecimiento educativo y prestador del servicio de educación, que incluye el transporte a la escuela en casos como el presente, aún cuando el modo de gestionarlo fuese por delegación”.


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