Caso Jofré: se acerca una fecha clave para el tirador de ATE
En una prolongada audiencia realizada este lunes le extendieron la prisión preventiva por seis meses, y rechazaron la pretensión de la defensa para que le retiren algunos cargos. El diario Río Negro insistirá para ser tenido como querellante.
El 15 de febrero próximo será la audiencia de control de acusación contra Pedro Darío Jofré Luján, el dirigente del gremio estatal ATE de Neuquén que hirió de un balazo a una empleada municipal y disparó contra dos fotógrafos en San Martín de los Andes, durante un violento enfrentamiento entre facciones rivales.
Se trata de una audiencia clave en varios aspectos. En ella se debatirán las pruebas que se utilizarán en el juicio contra Jofré, de 39 años, acusado de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, tres hechos, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil y condicional y encubrimiento, en calidad de autor.
Pero además es la oportunidad de que la fiscalía, las querellas que representan a las víctimas y la defensa lleguen a un acuerdo para condena sin hacer el juicio. Es algo sobre lo cual vienen conversando desde el año pasado, sólo que no se ponen de acuerdo respecto del monto de la pena.
Hay otros elementos en consideración: el juicio oral y público tendría un innegable impacto político sobre ATE y su secretario general, Carlos Quintriqueo, un aliado de peso del gobierno provincial, si es que se realiza antes de las elecciones del 16 de abril. Por ese motivo algunos quieren evitarlo y otros, realizarlo.
Prórroga de la prisión preventiva
Hoy hubo una serie de audiencias que comenzaron a las 9:30 y terminaron cinco horas después en las que se resolvieron varios hechos trascendentes.
Por un lado, el juez de San Martín de los Andes Maximiliano Bagnat prorrogó por seis meses la prisión preventiva de Jofré, a pedido de la fiscal del caso María Eugenia Titanti, la querellante Melina Pozzer (por el fotógrafo Patricio Rodríguez, de diario Río Negro) y Federico Egea (por la empleada municipal Elena Cabeza, herida de bala).
El defensor particular Juan Coto había solicitado la morigeración a prisión domiciliaria, con el argumento de que la suegra de Jofré atraviesa serios problemas de salud y su esposa necesita ayuda para cuidarla.
Otro rechazo a la defensa
En una audiencia posterior, el Tribunal de Impugnación declaró inadmisible un planteo del defensor Coto quien pretendía que se le retiren parte de los cargos a Jofré, en concreto, la acusación de encubrimiento por haber recibido un arma de fuego con la numeración limada.
Se trata del revólver calibre 32 que utilizó para disparar el 29 de julio del 2022 en pleno centro de San Martín de los Andes.
La decisión la tomaron por unanimidad los jueces Federico Sommer, Andrés Repetto y Richard Trincheri. El abogado Coto anunció que recurrirá ante la sala penal del Tribunal Superior de Justicia.
¿Este nuevo recurso podría retrasar la audiencia de control de acusación prevista para el 15 de febrero? No debería, pero todo es posible. Este diario publicó que la reprogramación de audiencias viene provocando un embotellamiento en la agenda de los jueces y un retraso en el fuero penal que lo acerca al colapso.
El diario «Río Negro» pide ser querellante
Por otra parte, el diario Río Negro presentará un recurso ante el Tribunal de Impugnación para ser tenido como querellante en la causa. Lo hará a través de sus representantes legales Ricardo Mendaña y Melina Pozzer, en nombre de la presidenta del directorio, Laura Gamba.
La fiscalía y la defensa se oponen a que Editorial Río Negro sea tenida como querellante, y el juez Maximiliano Bagnat falló a su favor. Mendaña anticipó que impugnarán la decisión.
Jofré disparó contra Patricio Rodríguez, fotógrafo de este diario, para impedir que registrara el momento en que atacaba a balazos a la facción opositora de ATE.
Mendaña argumentó que «el periodista no sólo tiene la condición de víctima porque fue la persona a quien apuntaron, sino también porque a través de esa acción le menoscabaron su derecho a ejercer esta actividad lícita. La empresa que paga los servicios del periodista, que es el vehículo para que las imágenes lleguen a la sociedad, también sufrió un menoscabo. No se puede negar que hay una ofensa directa» y por eso debe ser considerada víctima.
Afectación directa
Añadió que «no estamos invocando un derecho colectivo, mencionamos y sostuvimos el derecho de la empresa porque el periodista trabaja, es un instrumento, un operador del sistema de investigación periodística que pertenece a le empresa, entonces hay una afectación directa».
«Son dos cosas distintas la llamada querella colectiva, que se parece mucho más a la acusación popular de España, a esto que es una interpretación dinámica de las normas procesales, pero no nos apartamos de la norma», aclaró.
El carácter de víctima «está vinculado con el menoscabo sufrido, no con el bien jurídico protegido», argumentó.
El juez Bagnat se aferró de manera ortodoxa al concepto de víctima descripto en el Código Procesal Penal de la provincia, y no hizo lugar al planteo, por lo que ahora el diario Río Negro interpondrá un recurso ante el Tribunal de Impugnación.
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