Ratifican la imputación a una docente por la muerte de una alumna en el lago Gutiérrez

La defensa de Quimey Malén Painefil pidió que se le otorgue un criterio de oportunidad. El juez lo rechazó. En el caso hay cuatro docentes imputados.

El juez Bernardo Campana rechazó hoy los planteos de la defensa de la docente Quimey Malen Painefil, imptada -junto a otros tres educadores- por homicidio culposo de una alumna de 12 años que en diciembre de 2021 se ahogó en el lago Gutiérrez en una salida escolar en Bariloche.

Por la muerte de la niña, Celeste, que asistía a la escuela 273 de Bariloche están imputados -además de Painefil- los docentes Cristrian Osvaldo León Arriagada, Norma Gabriela Millamán y Patricia Griselda Cantero, por haber incumplido el deber de cuidado que tenían sobre los alumnos de sexto y séptimo grado que fueron a la actividad recreativa en el camping Los Baqueanos. En tanto fue sobreseido el docente Alejandro Marelli.

En esta nueva audiencia judicial, el abogado Alejandro Pschunder pidió que se revea la decisión anterior y se otorgue un criterio de oportunidad a su defendida por considerar que padecía una “pena natural” similar a los padres de la víctima.

El abogado apuntó a una diferencia de criterios de la fiscalía en cuanto sobreseyó a otro de los docentes, Marelli, quien a su entender también estaba en la misma situación de su defendida. Reclamó objetividad al Ministerio Público Fiscal.

También Pshunder ofreció una “reparación económica como corresponde” a la familia de la víctima y refutó que la docente no es funcionaria pública y por lo tanto no puede ser considerado ese cargo para ser excluida del criterio de oportunidad, como argumentó la querella.

La fiscal Betiana Cendón rechazó el planteo de Pschunder y remarcó que el procedimiento penal establece que es el Ministerio Público Fiscal el que tiene la facultad de aplicar el criterio de oportunidad ,según una serie de pautas que a su entender no están dadas en este caso.

También la fiscal remarcó que en el proyecto educativo de salida de los niños del colegio no estaba permitido el ingreso al agua y sin embargo los docentes lo permitieron, por eso su imputación al plantel. Excusó de este caso a Marelli quien al momento del hecho estaba en otra zona del complejo jugando fútbol con otro grupo de niños.


La decisión del juez


El juez Campana, luego de escuchar a las partes, se tomó unos minutos para ver la audiencia en la que anteriormente se realizó este planteo de otorgar criterio de oportunidad a la docente Painefil y que fue rechazo por el juez Ricardo Calcagno. Luego informó en la audiencia su rechazo al planteo de la defensa.

El juez Bernardo campana resolvió en un nuevo planteo de la defensa de una docente. Foto: Chino Leiva

El juez ratificó que “los acusadores públicos tienen que ejercer la acción penal en todos los casos y solo pueden exceptuarse en algunas situaciones particulares” regladas por el Código.

Enfatizó el magistrado que esa situación se debe pedir y conversar con la fiscalía y la querella y hasta el momento “no hubo una conversación tendiente a arribar a un acuerdo”, sino que hubo un pedido a un juez de Garantías” y aclaró que los jueces no intervienen en esa cuestión.

Campana valoró además los fundamentos de la fiscal Cendón respecto del criterio utilizado y coincidió que la docente no puede tener una “pena natural” similar a los padres de la víctima.


Cómo fue la targedia


Según la investigación, los niños de la escuela 273 que realizaban una salida de camping para despedir el año 2021, ingresaron al agua del lago Gutiérrez y celeste, la víctima, acudió a ayudar a otra compañera en riesgo pero ella no pudo salir.

Los docentes que acompañaban al grupo no advirtieron de esta situación y cuando lograron rescatar a la niña de 12 años estaba sin vida.

La fiscal Cendón en principio imputó a cinco docentes por homicidio culposo pero más tarde pidió el sobreseimiento de uno de ellos, Marelli, con el consentimiento de la querella que representa a la familia de la víctima.


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