La sanción de la ley de alcohol cero al volante se postergó para el año próximo
El Senado tenía previsto tratar el proyecto el último miércoles, pero finalmente no se convocó a sesionar y el debate se pospuso para 2023.
Corresponsalía Buenos Aires
La sanción de la ley de alcohol cero al volante quedó para el año próximo. El Senado tenía previsto tratar el último miércoles el proyecto, pero finalmente el Frente de Todos no convocó a sesionar y el debate se postergó para 2023.
Si bien hay un acuerdo mayoritario para avanzar con la norma, las dificultades logísticas para reunir el quórum esta semana hicieron que el oficialismo desistiera de citar a una sesión, y fuentes de ese espacio indicaron que no habrá más actividad hasta el año que viene.
El proyecto podría ser incluido en un eventual llamado a sesiones extraordinarias en febrero por parte del Poder Ejecutivo. De lo contrario, deberá ser tratado a partir del 1ro de marzo, cuando se abre el período ordinario.
La Cámara de Diputados aprobó la iniciativa de tolerancia cero el 24 de noviembre, con 193 votos a favor, 19 en contra y cuatro abstenciones, en una sesión donde participaron familiares de víctimas de siniestros viales.
Luego, el 1ro de diciembre, recibió dictamen favorable en la Comisión de Infraestructura, Vivienda y Transporte del Senado, donde reunió 10 firmas sobre 17 integrantes. Adhirieron el Frente de Todos y la aliada riojana Clara Vega.
El proyecto divide a los representantes mendocinos: mientras que la camporista Anabel Fernández Sagasti blanqueó su postura a favor, los radicales Alfredo Cornejo y Mariana Juri están en contra.
De hecho, todos los diputados mendocinos de Juntos por el Cambio votaron en contra de la iniciativa en Diputados. También lo hicieron los opositores de la provincia de Santa Fe, donde tiene peso la industria cervecera.
En el proyecto aprobado se reduce la tolerancia de los actuales 0,5 gramos por litro de alcohol en sangre a cero gramos para conductores particulares de todo tipo de vehículos que circulen por las rutas nacionales.
Para eso, se modifica el inciso “a” del artículo 48 de la Ley de Tránsito 24.449, indicando que “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre”.
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