Polémica por atribuir «delitos de lesa humanidad» a la guerrilla

La interpretación que se extiende en el mundo avalaría al fiscal que pidió se declare la imprescriptibilidad del secuestro y asesinato del coronel Larrabure en 1975, destacó el jurista Gregorio Badeni. La Corte Suprema argentina restringe ese criterio a actos perpetrados desde el Estado.

BUENOS AIRES (ABA) . El derecho internacional cada vez es más proclive a incluir en la definición de delitos de lesa humanidad a los cometidos por organizaciones terroristas.El tema volvió a estar en el tapete a raíz del pedido el miércoles pasado de un fiscal de Rosario (Claudio Palacín) para que se investigue el secuestro, los vejámenes y el asesinato a los que fue sometido el entonces coronel Argentino del Valle Larrabure, durante la etapa del gobierno de Isabel Perón.

La definición acerca de si se trata de dicha clase de delitos es relevante dado que si se los incluye en la categoría de lesa humanidad son imprescriptibles, y por lo tanto podían ser juzgados pese al transcurso del tiempo.

«Numerosos documentos internacionales y fallos de tribunales especiales incluyen como delitos de lesa humanidad tanto a los cometidos por una organización estatal, como por aquellas extra estatales pero que actúan con «una fuerza o cohesión que permiten hablar de una estructura política o militar, aún

cuando no dispongan de un territorio», explicó el constitucionalista Gregorio Badeni.

Consultado por «Río Negro», Badeni destacó que la Justicia comparada se viene

pronunciando en ese sentido en relación a que organizaciones terroristas como ETA, Hizbollah y Al Qaeda pueden ser autores de delitos de lesa humanidad.

El experto subrayó que tanto ERP como Montoneros tenían una estructura militar, económica, logística y periodística similar a organizaciones como ETA, «por lo cual resulta difícil realizar una distinción» entre ellas.

Por lo tanto, no consideró para nada descabellado el pedido del fiscal en relación a lo ocurrido con Larrabure quien durante más de un año estuvo secuestrado y su cuerpo fue encontrado sin vida con 47 kilos menos el 23 de agosto de 1975.

En contra de esta visión se manifestó Rodolfo Yanzón, (abogado del fallecido líder erpiano Enrique Gorriarán Merlo) quien pidió un sumario para el fiscal Palacín por entender que se excedió en su cargo; así como Marcelo Parrilli, letrado vinculado a entidades conocidas como de derechos humanos, quien descalificó la aplicación el calificativo de crimen de lesa humanidad a actos «que no hayan sido ocasionados por aparatos del Estado o del poder».


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