Lo legal, lo responsable y palabras para “calmar espíritus”


Ninguna opinión política merece censura ni “mentores oficiales u oficiosos” que versen sobre su corrección o no. Y si se convierte en un delito, están la Constitución y el Código Penal.


«La verdad es que yo no creo que tengamos que sancionar ninguna ley especial, sinceramente no creo que reconstruir eso que tanto trabajo nos costó lograr a partir de 1983 requiere la sanción de ninguna ley, las que ya están vigentes alcanzan y sobran. Lo que hay que poner es mucha institucionalidad y mucho respeto democrático

Esta frase de la vicepresidenta corta, con altura intelectual y fuerza política, la retahíla irresponsable y zalamera de quienes creyéndose más papistas que el papa y con ánimo pelotillero hacían cola para presentar legislación que rija sobre límites de la libertad de expresión.

Y calma espíritus.

La libertad de expresión tiene una relación inversa en relación al grado de madurez cívica de una sociedad. Cuanto más incordiadas y fuera de cánones normales de convivencia son las relaciones políticas, más regulación requiere este vital derecho ciudadano. Por el contrario, ante modos de altos valores de respetos y civilizadas maneras de resolver los conflictos de la vida política, basta con que se conozca que la libertad de expresión es un derecho casi imposible de inhibir.

En un caso la norma debe ser precisa y clara pues se tiende a desnaturalizar su sentido y de ahí la exigencia de perfección regulatoria, y en el otro basta con el grado de institucionalización alcanzado por las sociedades para que se sobreentienda que significan las libertades. En este caso la de expresión. La de decir. La de opinar.

Hay historias, experiencias, legalidades, costumbres, filosofías que a lo largo de los siglos fueron modelando distintas prácticas en cuanto al ejercicio y la comprensión de la libertad de expresión y también en consecuencia existen diversas formas de entenderlo, aplicarlo y respetarlo.

Con la brevedad del caso diremos que hay un modelo europeo y otro con preeminencia en el desarrollo legal de los Estados Unidos de Norteamérica.

En el sistema de EE.UU. es difícil hallar causas que provoquen impedimentos en el derecho a la expresión, hay un amparo constitucional asentado en la llamada Primera Enmienda y una cultura de cuidadosa defensa de todos los alcances en cuanto a opiniones, expresiones y comentarios.

Para atender algún caso de no aplicación del derecho a la expresión debiera mediar una cierta vinculación con delitos más alejados a la voluntad de opinar, como incentivar hechos concretos de violencia y que estos tengan verosimilitud de realización e inminencia.

Por su lado el estándar europeo toma más en cuenta, tal vez por experiencia de sus guerras y básicamente del Holocausto, una forma que centra el uso de derechos y libertades en las personas y sus DDHH y, por lo tanto, cuando éstos se ven afectados puede existir una mirada limitante para la libertad de expresión.

En nuestro país, y como bien dice Cristina Fernández de Kirchner, con “las leyes vigentes alcanza y sobra” y vale recordar que nuestra Constitución modificada en 1994 incluye mandatos internacionales que adquieren carácter principal en nuestra pirámide jurídica y en ese sitio existen disposiciones sobre los DDHH donde claramente se le niega legalidad a un tipo de discurso cimentado en lo que se conoce como odio.

Y, como si fuera poco, existen normas “nacionales”, como nuestro Código Penal, que en varios de sus artículos tiene represión prevista para quien incite a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones y quienes se organicen con fines basados en teorías raciales de superioridad y promuevan discriminaciones en cualquier forma. Incluso prevé penas para quienes, por cualquier medio, inciten a la persecución por (diversas causas) o “ideas políticas”. Es simple, y por suerte, una voz calificada como la de CFK lo pone en valor.

Nada de lo que es opinión política merece censura ni “mentores oficiales u oficiosos” que versen sobre su corrección o no. Y cuando escapa a ese marco y se convierte en un delito, está la Constitución Nacional y el Código Penal para aplicar.

Pero más importante será apostar a cierta madurez social y a una alta institucionalidad que eviten tener que acudir a las formas legales.

Y tengamos en cuenta que, aun desde la legalidad y el derecho a cualquier opinión, pueden construirse contextos que vayan forjando antecedentes para hechos de violencia. Y sobre esos contextos negativamente construidos, puede no haber ilegalidad, pero sin duda debe haber responsabilidad. Y un “hacerse cargo” de quienes los impulsan.

Atacar permanentemente y agraviar a protagonistas de la política, va deshumanizando al sujeto receptor de las descalificaciones y hace más fácil imaginar vindictas (satisfacción de los delitos, para ejemplo del público) sobre su persona.

Y esto corre para todos. Básicamente a la dirigencia política y a expresiones del cosmo audiovisual. Y en otro nivel a las redes sociales.

A buen entendedor pocas palabras: es peligroso e irresponsable estar tanto tiempo impulsando relatos de agravios personales que van formando una cultura simbólica de desprecio social como se ha hecho contra Cristina F. de K y, en otra medida en virtud de que esto fue más de militantes y redes que de dirigentes y medios, también lo es que se crea en serio que “Macri basura, vos sos la dictadura”.

Insisto en algo coloquial: como dicen dos populares refranes: “El tango se baila de a dos” y otro que en su original sentido español y cervantino dice “dos no riñen, si uno no quiere”.

* Ex diputado nacional, PJ -Río Negro.


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