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Una apropiación ilegal

El 24 de marzo de 1976, poco antes del mediodía, efectivos armados del Ejército irrumpieron violentamente en el Centro Cultural anexo a la Torre del Periodista I.

Redacción

Por Redacción

Por Enrique Omar Driussi *

Complemento la opinión de Víctor Hugo Reynoso y Dante Morosani, en su carta ‘Nombres y no palabras’ del 23 de agosto socios fundadores en el año 1969 de la Cooperativa de Vivienda del Periodista Ltda. Quiero hacer público mi testimonio en honor a la memoria de mi padre Enrique Luis Driussi, que fuera fotógrafo del Diario Río Negro en aquella época y luego del Diario Sur Argentino, pero también socio de esa misma cooperativa que durante el período 1971-1975 construyeron y financiaron el edificio Torre de Periodistas I, situado en la esquina de Avenida Argentina y Periodistas Neuquinos.

El cartel de la foto señala su apropiación ilegal durante la última dictadura militar, y marca un hito en la historia de esta ciudad.

Memoria

El 24 de marzo de 1976, poco antes del mediodía, efectivos armados del Ejército irrumpieron violentamente en el Centro Cultural anexo a la Torre del Periodista I. Allí, sustrajeron toda la documentación de una personería jurídica legalmente constituida, aduciendo que era intervenida militarmente porque “algunos de sus miembros estaban sospechados de tener vínculos con la subversión y la guerrilla”. Con ese falso pretexto, el Interventor Militar despojó a 23 periodistas dueños de su vivienda y vendió también el Centro Cultural Anexo sin resarcimiento alguno, aduciendo “razones ideológicas”. Todo eso era una gran mentira, porque mi padre y el resto de los periodistas aportantes y propietarios, eran laburantes comunes y personas pacíficas que sólo participaban de entidades sociales (como la Cooperadora del Centro de Deportes Nº 1 de Neuquén, de la que mi padre junto la Dra. Beatriz Peláez y el Sr. Hugo Luppi, eran socios fundadores desde 1969). Él era un fotógrafo perfeccionista que vivía para su trabajo.

Verdad

En materia de administración financiera gubernamental, si cualquier organismo del Estado Nacional quisiera incorporar un inmueble al sistema de patrimonio, necesariamente debe estar previsto también en el sistema de presupuesto, algo que en verdad nunca existió, en razón de los siguiente fundamentos legales:

1. Cualquier acto de adquisición de bienes inmuebles de dominio privado o derechos reales sobre dichos bienes que realice cualquier jurisdicción dependiente del Poder Ejecutivo Nacional (ej. Ministerio de Defensa), debe ser autorizada por la Administración de Bienes del Estado, acorde a las necesidades de su servicio, y una valuación del Tribunal de Tasaciones de la Nación.

2. El otro aspecto determinante, es que debe existir la autorización de una partida de gastos (Bienes Preexistentes) en el Presupuesto Nacional correspondientes a esos organismos.

Ninguna de estas obligaciones legales fue cumplimentada.

Por lo tanto, en materia de auditoría gubernamental, ese acto de apropiación ilegal perpetrado por las fuerzas militares, constituye una violación del derecho de propiedad privada en perjuicio de los socios aportantes de la Cooperativa de Vivienda del Periodista Ltda., legítimos dueños que financiaron su construcción.

La Constitución Nacional establece en su Artículo 17º : “La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley.”

Ningún organismo del Estado puede efectuar actos de disposición sobre esos bienes inmuebles, porque jamás tuvieron ingreso legal a su patrimonio, en razón de que fueron apropiados por la dictadura militar, el 24 de marzo de 1976. Sin embargo, hoy esas 23 viviendas usurpadas ilegalmente, se encuentran actualmente habitadas gratuitamente (15 por el Ejército, 4 por Gendarmería, 2 por la Marina y 2 por Policía Federal).

Justicia

Las instituciones de las fuerzas armadas deben responsabilizarse por los actos perpetrados por oficiales y suboficiales que integraban sus filas, durante el período de la dictadura (1976-1983). En consecuencia, deben resarcir a las familias de aquellas viviendas usurpadas ilegalmente, compensando el daño económico y moral.

Teniendo en cuenta que todas las cooperativas (incluida la de Vivienda del Periodista Ltda.), son entidades fundadas en el esfuerzo propio y tienen duración ilimitada, la verdadera Justicia sería que esas 23 viviendas del edificio Torre de Periodistas I sean reintegradas para ser ocupadas por trabajadores de prensa (radio, televisión y diarios) de la ciudad de Neuquén, para mantener de esta manera, el objeto social del ente original.

* Contador público


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