Un funcionario judicial de Bariloche estudiará un año en España sin dejar de cobrar el sueldo

El secretario del Juzgado Federal de Bariloche Gustavo Zapata que, tiempo atrás cumplió también el rol de juez en subrogancia, viajará a España beneficiado con una licencia paga que se extenderá por 12 meses para realizar un posgrado en una universidad andaluza.

El secretario del juzgado federal de esta ciudad Gustavo Zapata viajará a España beneficiado con una licencia paga que se extenderá por 12 meses para realizar un posgrado en una universidad andaluza.

La resolución que lo autoriza señala solo que según “las constancias obrantes”, Zapata cumplió con el requisito previsto por el régimen de licencias, donde se establece expresamente que para el otorgamiento de una exención laboral con goce de haberes la actividad a realizar debe ser “de interés para la función y no afecte la debida prestación del servicio”.

La solicitud del secretario judicial, que tiempo atrás cumplió también el rol de juez en subrogancia, señala su interés en realizar un “doble máster en abogacía y derecho de las nuevas tecnologías”, que se dicta de modo “presencial” en la Universidad Pablo de Olavide, con sede en Sevilla.

La autorización, firmada por los jueces de Cámara Richar Gallego y Mariano Lescano, da cuenta de que el programa de la capacitación presentado por Zapata “incumbe a las tareas que cumple en el juzgado federal de Bariloche y también a aquellas que desempeña en su rol como integrante de la lista de conjueces”.

La actual jueza federal subrogante de Bariloche, Silvina Domínguez, no puso reparos para el otorgamiento de la licencia paga a su secretario.

Aclaró sin embargo que dejaba a salvo la “prerrogativa” de interrumplir la licencia eventualmente y “solicitar la reincorporación del doctor Zapata” si fuera necesario, dado que su ausencia “podría resentir el funcionamiento de las restantes secretarías”, ya que la licencia requerida “impide por sus características la designación de un reemplazante”.

Como única condición, el empleado judicial eximido de sus tareas deberá remitir cada 90 días al tribunal por correo electrónico “las constancias que acrediten el cumplimiento de la capacitación”.


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