Revés para Cristina: rechazaron recusaciones contra jueces y el fiscal
El fallo del TOF 2 en la causa obra pública se basó en “yerros y la mala fe de las defensas” para recusar a funcionarios judiciales por la foto del partido de fútbol. El juicio oral seguirá con los mismos jueces y fiscales. Los abogados de los acusados llevarían sus planteos a la Cámara Federal de Casación.
El Tribunal Oral Federal 2 rechazó la recusación que la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kichner, presentó contra dos de sus integrantes, los jueces Rodrigo Giménez y Jorge Gorini, y contra el fiscal Diego Luciani por su supuesta amistad al integrar un equipo de fútbol que jugó torneos en la quinta “Los Abrojos” del ex presidente Mauricio Macri.
La defensa de CFK, principal acusada en el juicio oral por la obra pública que recibió el empresario Lázaro Báez, recusó a Giménez por parcial y a Luciani por pedida de objetividad. A ese planteo se sumaron las defensas de Báez y de los ex funcionarios Julio De Vido, Carlos Kirchner y Nelson Periotti.
“Las vinculaciones personales que pretenden construirse entre los tres funcionarios públicos recusados con integrantes del PRO resulta carente de elementos de prueba que permitan validarla y otorgarle los efectos jurídicos que se pretende”, señalaron los jueces Jorge Gorini y Andres Basso en su resolución de 19 páginas. Los camaristas hablaron de “la mala fe procesal en la que incurrieron las defensas”.
El diario Pagina/12 publicó a principio de semana fotos de Luciani y Giménez como integrantes del equipo de fútbol Liverpool que jugó partidos en la quinta de Macri. La defensa de la vicepresidenta, a cargo del abogado Alberto Beraldi, los recusó porque señaló que esa amistad manifiesta debió haber sido informada y así se encontraban lesionadas la garantía del juez imparcial y el principio de objetividad del fiscal.
En la audiencia del viernes Luciani y Giménez señalaron que no son amigos. Que se conocen hace muchos años de tribunales, que trabajaron juntos, que integran el equipo Liverpool pero que no tienen una relación de amistad. El fiscal también señaló que no tiene relación con Macri ni con ningún funcionario de su gobierno y que así como comparte una actividad deportiva con el juez Giménez también tuvo actividades académicas con funcionarios de este gobierno, como es el caso del viceministro de Justicia, Juan Martín Mena.
“Al parecer existe una campaña, desconozco si está articulada o no, tendiente a ejercer presión sobre cualquier aspecto de mi vida que no tiene que ver con mi función. Y eso denota una intención muy clara de desgastarme psicológicamente”, dijo Luciani en la audiencia.
Por su parte, Giménez sostuvo que la última vez que fue a jugar a la quinta de Macri fue en 2017, antes de salir sorteado para intervenir en el juicio de la obra pública y que nunca tuvo contacto con el ex presidente.
Antecedentes de jueces y de Liverpool, a la vista en web y redes
Los jueces del TOF 2 Gorini y Basso señalaron que las recusaciones fueron presentadas fuera de plazo. Explicaron que el Código establece un tiempo para hacerlo desde son citados a juicio y que ese plazo venció en julio de 2018. Los magistrados señalaron que si bien la información se hizo masiva esta semana todos los datos estaban disponibles para las partes: los antecedentes de Luciani y Giménez en las paginas oficiales del Poder Judicial y de la Procuración General, que integran el equipo Liverpool en su pagina de Facebook que es abierta.
“Nótese que en definitiva todos los casos traídos a consideración se reducen a información disponible fácilmente a través de Google.
La novedad a su alrededor para algunas de las defensas, si efectivamente es tal, únicamente se debe a la responsabilidad de aquellas partes que no efectuaron las tareas de averiguación e indagación pertinentes a su cargo. La reciente repercusión mediática no los convierte en hechos públicos, condición que ostentaban desde mucho antes”.
La ‘íntima amistad’ entre el fiscal y el juez por la que piden su recusación, no es más que un relato construido sobre imágenes de las que difícilmente pueda colegirse esa conclusión”.
Párrafo de la resolución del Tribunal Federal 2.
Comentarios