Aguinaldo: hasta cuándo tienen tiempo los empleadores para pagarlo

Los trabajadores en relación de dependencia deben cobrar la primera parte del aguinaldo. De acuerdo a la Ley 27073, se percibe la primera mitad del Sueldo Anual Complementario a fines de junio o los primeros días de julio.

En el mes de Junio los trabajadores deben cobrar el aguinaldo, de acuerdo a la reglamentación vigente que impone la ley 27.073. El porcentaje del Sueldo Anual Complementario (SAC) que recibirá el empleado por parte de su empleador es el 50% de la mayor remuneración mensual percibida dentro de cada uno de los semestres.

Aunque también se puede abonar en julio, el aguinaldo equivale a la doceava parte (1/12) del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador durante un año calendario y es abonado en dos cuotas (una a mitad de año y otra al final) de acuerdo a lo establecido por la LCT.

Aguinaldo 2022: ¿cuándo se cobra?

La legislación establece que el pago del primer medio aguinaldo del año se abona, como máximo, en la última jornada laboral de junio, es decir, un empleador tiene cómo límite el 30 de junio. Sin embargo, ese plazo se puede extender hasta cuatro días hábiles, por lo que este año podrá pagarse hasta el 6 de julio.

Por otra parte, el vencimiento de diciembre está establecido a mediados de mes: se debe abonar el 18, el cual este año cae domingo, y aplica el mismo período de demora de cuatro días.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Para calcular el aguinaldo se debe tomar el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto (sueldo básico, horas extra y cualquier otro extra percibido) dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. Ambos se calculan sobre los 6 meses próximos anteriores, es decir que el aguinaldo de junio se calcula en base a los sueldos de enero a julio al último mes del año.

Si durante el semestre el trabajador no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados.

¿Cómo se calculan las horas extra y las licencias?

Las horas extra o las comisiones se deben sumar al monto del salario del mes en el que fueron abonadas con el fin de calcular la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto.

Si los horarios de trabajo se modificaron a lo largo del semestre por un acuerdo entre las partes, llevando al trabajador a una jornada inferior a la normal, se debe computar nuevamente el mes con mayor remuneración sin considerar el tiempo de trabajo ya que la reducción de jornada se da de mutuo acuerdo.


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