Sobreseyeron a las ocho imputadas por la toma de la Universidad de Río Negro

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Roca resolvió hacer lugar al pedido de la defensa, con la adhesión de la fiscalía. Se cierra una causa abierta hace cuatro años y que iba a un juicio sin precedentes.

Hace dos semanas, el 11 de mayo iba a iniciar el juicio por la toma de la Universidad Nacional de Río Negro en el vicerrectorado de Alto Valle, pero hoy se dio marcha atrás a todo el proceso por definición de la justicia federal.

Las ocho estudiantes y docentes imputadas por usurpación y coacción agravada fueron sobreseídas ayer lunes, tras la firma de la resolución por parte de los jueces de cámara de Roca. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal definió dejar sin efecto los procesamientos.

Los magistrados hicieron lugar al pedido de la defensa, a cargo de la abogada y también imputada en la causa Victoria Naffa, solicitud que también contó con la adhesión de la Fiscalía.

Hace meses, desde la parte demanda venían solicitando la nulidad del requerimiento de elevación a juicio y el fiscal acompañó con un dictamen favorable. Por este motivo, el tribunal entendió que no podía llevarse adelante el debate o juicio sin acusación.

«Es el fin de una causa de cuatro años. Si bien es por una cuestión técnica y procesal, para nosotras implica que el proceso penal no pudo acreditar que la protesta fue un delito», balanceó Naffa en diálogo con RIO NEGRO.

En su fallo, los jueces Alejandro Cabral y Simón Pedro Bracco, también dispusieron el cese de las medidas cautelares que pesaban sobre las ocho imputadas. Por su parte, el juez Orlando Coscia no suscribió por encontrarse de licencia.

«El sobreseimiento llega después de cuatro años de lucha, de resistir el avance del sistema penal, de no abandonar ninguna de nuestras convicciones. El sobreseimiento significa, en definitiva, el cese de la persecución y la convicción de que solo la lucha hace retroceder al sistema penal», aseguraron desde la Multisectorial que acompañó a las procesadas.

Los motivos


Desde la defensa, explicaron que la causa tuvo varios vaivenes, pero los motivos centrales del sobreseimiento radican en que no había un requerimiento de elevación a juicio válido, es decir, no hay acusación válida para llevar adelante un juicio oral.

El juicio se inicia con una acusación fiscal que tiene que cumplir con todos los requisitos y uno de esos es que haya un procesamiento válido. Como eso no estaba, y además había una nulidad dictada por el propio tribunal que estaba firme, el fiscal entiende que no hay una acusación válida y el tribunal ve que no hay acusación fiscal por lo que no puede avanzar con el juicio y por eso se dicta el sobreseimiento.

Los abogados defensores se pararon desde la «falta de acusación válida en la etapa procesal de juicio” y por eso solicitaron que se declare la absolución, haciendo un pedido de excepción de falta de acción.

“Un juicio basado en una requisitoria de elevación a juicio nula, es un juicio sin acusación, y por tanto sólo cabe resolver la situación jurídica de las imputadas, habiendo llegado a esta instancia”, había sido uno de los fundamentos de la defensa, según consta en el fallo.

Desde Fiscalía, admitieron que hay «inexistencia de una requisitoria fiscal de elevación a juicio válida» que en su oportunidad, la Fiscalía de Primera Instancia no recurrió y que el Juez de grado tampoco pretendió subsanar, creando así un obstáculo impediente para la continuación del proceso. «No deja otra alternativa más que dar por definitivamente concluido el trámite de esta causa».

El juez Bracco, en su voto, señaló que «ante la ausencia de un requerimiento fiscal de elevación a juicio que permita la apertura del debate y, en definitiva, la integración de una eventual acusación con relación a los imputados, es que propongo se haga lugar a la excepción de falta de acción articulada y se disponga el sobreseimiento de la totalidad de los encartados». En tanto, Cabral coincidió con los argumentos y voto de su par.

Breve cronología


El 12 de septiembre de 2018 había comenzado la toma por parte de un grupo de estudiantes y docentes en las instalaciones de Belgrano e Isidro Lobo. Fue en el medio de distintas luchas a nivel nacional en defensa de la «Educación Pública» y duró hasta diciembre, cuando fueron desalojados.

Los reclamos de la toma eran por un mayor presupuesto para el funcionamiento universitario, un edificio para la localización Cipolletti y distribución presupuestaria entre las localizaciones de la casa de estudios.

En ese camino, hubo cruces e incidentes en la universidad con críticas de sectores y distintos mimbros de la comunidad educativa que se opusieron a la medida, como sucedió el 9 de octubre, cuando un centenar de personas se concentró para reclamar el cese de la toma del edificio.

El 5 de octubre fue el día en el que procesaron a dos docentes por los delitos de usurpación y coacción agravada. La medida había sido dictada por el juez federal de Roca y se les trabó un embargo de 5.000 pesos a las imputadas.

Durante ese mes, se habían iniciado instancias de negociación y diálogo, pero todo terminó en manos de la justicia. Finalmente, el 10 de diciembre de ese año se concretó el desalojo por parte de Gendarmería.

El 11 de mayo de 2022 iba a iniciar el juicio con más de 40 testigos pero finalmente se postergó. El 30 de mayo, finalmente se conoció la absolución.

Este iba a ser el primer juicio contra estudiantes de una universidad nacional pública por una protesta, junto con un caso similar en Córdoba.



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