La provincia de Río Negro deberá pagar $1,3 millones por el crimen de un preso en Cipolletti
El hecho ocurrió en 2012 en el penal cipoleño. Tres internos fueron condenados por el crimen. La familia le ganó la demanda civil a la provincia.
Cuando se inauguró en 2010, el penal de Cipolletti se presentó como una cárcel modelo para presos de buena conducta. Con una capacidad de 250 internos la primera intención fue la de solo alojar unos 120 condenados. La realidad penitenciaria superó las expectativas y, superpoblada, el primer botín de su corta historia se cobró la vida de un interno.
Distintas situaciones confluyeron en que la cárcel de Cipolletti, ubicada en el paraje El Treinta, se convirtiera en lo que comúnmente se denomina “una olla a presión”. En primer lugar, es un establecimiento de mediana seguridad, pensado para presos de buena conducta. Aunque en la actualidad conviven delincuentes peligrosos con primarios, algunos con sentencia firme y otros solo en proceso.
El 9 de septiembre de 2012, el preso que luego fue asesinado (su nombre se resguarda en protección de su familia) estaba alojado en el Pabellón B cuando tres internos irrumpieron su celda y lo apuñalaron salvajemente hasta matarlo. La familia le ganó la demanda civil a la provincia. La justicia ordenó la indemnización de 1,3 millones de pesos. La sentencia aún no está firme.
El informe forense determinó que murió minutos más tarde del ataque por la hemorragia que le ocasionó una de las tantas “puntadas” que recibió a manos de Raúl Campos, Diego Poblete y Evaristo Flores.
Fueron los tres condenados que dispuso el fuero penal de Cipolletti por el homicidio. En 2015 la Cámara Primera convalidó el acuerdo al que llegaron en un juicio abreviado para fijar una pena de tres años para los tres condenados.
En el proceso también fueron imputados otros dos presos que finalmente fueron sobreseídos porque fueron considerados simples “testigos” de aquella trágica pelea.
En ese momento, el fiscal jefe Gustavo Herrera aceptó reducir la calificación legal de “homicidio simple” a “homicidio en riña”, que tiene penas de entre 2 y 6 años de prisión contra los 8 a 25 años que prevé la ley para la figura original.
Varios años después, la madre del preso asesinado inició un juicio civil contra el Estado de Río Negro y los responsabilizó de la muerte de su hijo. En la demanda sostuvo que era responsabilidad del sistema penitenciario velar por los derechos del condenado.
Además, controlar que los presos no dispongan de armas. Se confirmó en el juicio penal que los homicidas atacaron al hombre con facas y armas tumberas. Fue una de las razones que se esgrimieron por la cual la víctima no pudo defenderse de los ataques. Sin las amas “podría” haber evitado el trágico desenlace, aseguraron.
El abogado de la madre explicó que los procesados habían sido trasladados desde Viedma y que eran reincidentes de graves delitos, “ello demuestra la peligrosidad de los mismos, y que amén de esto, estaban en el sector de los presos condenados por delitos menores y de menor peligrosidad”, como era el caso del preso que murió.
“Ello demuestra la errónea decisión del juzgado a cargo de los presos trasladados y los alojados en el establecimiento y por ende, la responsabilidad del Estado por el deber de seguridad o guarda de los presos”, indicó el profesional que representa a la familia de la víctima.
La condena civil por daño moral y psicológico y daños y perjuicios asciende a 1,3 millones de pesos, según la sentencia de primera instancia que fue apelada.
En su defensa el Estado alegó que la situación de motín dejó muchas puertas sin funcionamiento y que a pesar del esfuerzo los arreglos llegaron después del crimen. Con ese argumento intentó deslindarse de todo tipo de responsabilidad en el hecho. Sin embargo esa postura, al menos hasta ahora, no prosperó en los tribunales civiles.
La reforma del Código aceleró los procesos
La reforma procesal penal, aplicada en 2017, aceleró los procesos judiciales y eso provocó el aumento de la población carcelaria. “Hoy hay muchos más condenados que con el proceso anterior, son penas cortas pero salen con rapidez y eso genera un cuello de botella en la cárcel”, admitió un funcionario judicial penal de mucha experiencia.
El servicio penitenciario depende de la secretaría de Seguridad y no del Poder Judicial. Desde esa área gubernamental se aplicaron distintas medidas para combatir la superpoblación carcelaria, no solo en el penal de Cipolletti sino también en el de Bariloche, Roca, Viedma y Choele Choel.
Las pulseras electrónicas para los arrestos domiciliarios fueron una de esas alternativas, aunque el sistema ha provocado muchos dolores de cabeza. “El funcionamiento es bueno en temas de género, con el sistema dual. Pero la mayoría de los condenados por otros delitos terminan protagonizando escandalosas fugas”, admitieron desde los tribunales penales de Urquiza y España de Cipolletti.
Hoy se advierte – el caso de la novena de Catriel es un ejemplo claro – muchos presos cumpliendo condenas en comisaría, situación prohibida por la ley. Sin embargo en los juicios abreviados con penas cortas, la fiscalía termina consintiendo que no sean trasladados a los penales provinciales.
Comentarios