El tratado de Vinará
Cuando el Preámbulo de nuestra Constitución Nacional nos recuerda los Pactos Preexistentes, evocamos los pocos que nos expusieron en la escuela primaria y secundaria, aunque no es solo defecto exclusivo de esos niveles de enseñanza. Los programas de estudios pertinentes en la etapa universitaria transitan por esa misma omisión, soslayando la gran mayoría de los instrumentos de esa naturaleza, los que dieron marco institucional a nuestro país entre 1820, cuando tras la Batalla de Cepeda del 1 de febrero de ese año se suscribió el Tratado de Pilar, y en 1853, cuando los constituyentes reunidos en Santa Fe nos dieron nuestra Ley Mayor.
Quiero sacar del olvido a uno de ellos, el citado en el título, hoy bicentenario. Veamos.
Vinará es una localidad ubicada en el noroeste de la provincia de Santiago del Estero, cercana a las Termas de Río Hondo, próxima al límite que la separa a aquélla de la de Tucumán, en cuya Posta allí asentada conferenciaron en junio del año 1821 los representantes de Santiago del Estero, el presbítero Pedro León Gallo, del Tucumán, Miguel Aráoz, y de Córdoba, José Andrés Pacheco de Melo, a resultas de lo cual el día 6 de mismo mes y año se suscribió por parte de éstos el instrumento institucional de referencia.
Gobernaba Santiago del Estero Juan Felipe Ibarra y a Tucumán Bernabé Aráoz, cuyos proyectos políticos y de organización nacional diferían sustancialmente. El haberse declarado el 27 de abril de 1820 la autonomía de Santiago del Estero, que en esa época dependía políticamente de Tucumán, desató una sangrienta lucha entre los pueblos vecinos. Luego de batallas en que se midieron ambas fuerzas, se empezó a discutir la firma de un tratado de paz.
Así, en 1821 se firmó en esta localidad el instrumento que nos ocupa, por el cual se terminaba el conflicto por la autonomía que enfrentaba a las actuales provincias de Tucumán y Santiago del Estero. La provincia de Córdoba mediaba y se constituía en garante del acuerdo, del que se interesaría, también, a la de Salta.
Lo expuesto nos demuestra la importancia de este Tratado y, lo espero, nos compromete a ahondar en los espacios olvidados de nuestra Historia Patria.
* Ex juez. Presidente del Centro de Estudios Constitucionales del Comahue. Presidente de Junta de Estudios Históricos del Neuquén. Miembro del comité ejecutivo de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
Cuando el Preámbulo de nuestra Constitución Nacional nos recuerda los Pactos Preexistentes, evocamos los pocos que nos expusieron en la escuela primaria y secundaria, aunque no es solo defecto exclusivo de esos niveles de enseñanza. Los programas de estudios pertinentes en la etapa universitaria transitan por esa misma omisión, soslayando la gran mayoría de los instrumentos de esa naturaleza, los que dieron marco institucional a nuestro país entre 1820, cuando tras la Batalla de Cepeda del 1 de febrero de ese año se suscribió el Tratado de Pilar, y en 1853, cuando los constituyentes reunidos en Santa Fe nos dieron nuestra Ley Mayor.
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