La Justicia autorizó trabajos administrativos para policías condenados en Viedma
El juez Guillermo Bustamante hizo lugar al amparo presentado por el abogado Damián Torres, defensor de los policías Wilfredo Cabrera y Laureano Sayhueque, y ordenó a la Policía de Río Negro que «mantenga la situación de revista» de los uniformados «pero en funciones que no sean de seguridad», «hasta tanto se resuleva el fondo de la cuestión propuesta».
La resolución del magistrado también fijó una nueva audiencia para el 25 de este mes, a las 11, «tomando en cuenta los informes remitidos por la Policía de Río Negro y la Fiscalía de Estado de Río Negro y el estado de las situaciones, a fin de evaluar con todos los involucrados la situación puesta de manifiesto por los amparistas».
Cabrera y Sayhueque participaron en el operativo del 17 de agosto de 2020 y que finalizó con la muerte de Hernán Olivera, en el kilómetro 1070 de la ruta Nacional N° 3.
En su momento fueron imputados por el delito de homicidio agravado y en una reformulación de cargos posterior al primero se lo imputó de homicidio culposo y al segundo de encubrimiento agravado.
A fines de diciembre ambos uniformados reconocieron el hecho y las penas en un juicio abreviado que fue presidido por el juez Marcelo Chironi y que condenó a Cabrera a dos años y seis meses de prisión en suspenso, además de cinco años de inhabilitación especial para realizar tareas de seguridad en la Policía de Río Negro.
Para Sayhueque el acuerdo fijó una pena de dos años de prisión en suspenso y cuatro de inhabilitación especial para tareas de prevención por el delito de encubrimiento agravado. Además, ambos debieron fijar domicilio en Viedma y quedar al cuidado del Patronato de Liberados durante los próximos dos años y tienen prohibido el contacto físico con la madre de la víctima.
El 18 de diciembre pasado la Jefatura de Policía pasó a situación pasiva a ambos uniformados que se quedaron sin actividad y con una paga incompleta y eso originó el reclamo por la vía del amparo.
Entre los considerandos de su resolución, el juez Bustamante señaló que «respecto de la situación laboral de Sayhueque y Cabrera, el juez penal que dictó la sentencia condenatoria, en un acuerdo abreviado que incluyó a todas las partes, los sancionó con una condena de ejecución condicional y una inhabilitación temporal especial que incluía sólo tareas de seguridad».
Agregó que «ese alcance reducido, probablementee intentó dar mayor certeza y reconocer el derecho de trabajar a dos personas que, estando en conflicto con la ley penal, cumplirían su deuda con la sociedad», pero «sin llegar a ponerlas en una situación de vulnerabilidad tal que les impidiera cumplir con aquellos fines».
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