Son 7 los artículos que propone cambiar Gaido con la enmienda en Neuquén

El oficialismo buscará que se apruebe la modificación de la Carta Orgánica Municipal para hacer el llamado a elecciones municipales el mismo día del referéndum popular para que los vecinos decidan si se modifica.

La propuesta oficial de enmienda para congelar en 18 de la cantidad de integrantes del Concejo y el cambio a comicios de concejales cada cuatro años ingresó este miércoles al Concejo.

Si los cambios fueran mayores, se debería hacer una elección de convencionales para la reforma total o parcial de la Carta Orgánica de la ciudad.

Con esta modalidad (art 175), el proyecto que envió Gaido se votará en una sesión ordinaria y si logra 12 de los 18 votos, la enmienda quedaría aprobada, previa ratificación de los vecinos en una consulta popular por el Sí o por No para que se aplique.

“Este jueves toma estado parlamentario y se tratará en la comisión de legislación general”, dijo el presidente del bloque MPN, Atilio Sguazzini.
Agregó que luego de la sanción de la ordenanza, el referéndum se hará junto con las elecciones de concejales prevista para este año.


El oficialismo ya adelantó que planteará que el mandato de los 9 concejales que sean electos para diciembre de 2.021 será excepcionalmente por 2 años, para que en 2.023 , con la elección de la nueva jefatura municipal, se renueven la totalidad de las bancas (18 concejales).


“No es una revisión de la COM, es más acotado”, puntualizó Sguazzini.

Apertura de sesiones el lunes en el Deliberante (foto Florencia Salto)


Gaido propuso modificar siete artículos: 1, 6, 27 ,53 ,54 , el inciso 2 del 67 y el 72.


El tope de 18 bancas para el Legislativo será establecido con la modificación del artículo 53, y la duración de mandatos cada 4 años cuando se elija el nuevo intendente o intendenta; quedará establecido con la modificación del 54.


Con el cambio de redacción de los artículos 6 y 72 se buscará fijar la igualdad de géneros en la conformación de las listas y del mecanismo de reemplazos en las bancas por una renuncia o ausencia del titular.

No se restringe la facultad de veto del intendente, sólo se establece claramente que para revertir el veto del intendente, se requiere de 2/3 de votos de los presentes ese día en el recinto, en el inciso 2 del artículo 67.


El artículo 27 establecerá la obligación de la comuna de promover el acceso de las personas con discapacidad de acuerdo a sus capacidades. La modificación del artículo primero de la COM propone agregar la bandera de Neuquén a los símbolos de la ciudad.

“Creemos que hay consenso por una madurez política e institucional de que esto salga, se trata de temas que tienen más de 10 años de debate político y que ya lo había postulado también el intendente Horacio Quiroga, la intención fue traer una propuesta al debate político”; sostuvo Sguazzini.


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