Los jueces creen que la testigo estrella de la fiscalía fue cómplice del crimen
En el veredicto declararon responsable a Ricardo Fuentes, pero sembraron sospechas sobre su pareja. La audiencia de fijación de la pena se realizará en fecha a convenir.
Por unanimidad, el Tribunal declaró a Ricardo Isaías Fuentes (30) responsable del homicidio de Esteban Nazareno Bertotto (49), un hecho ocurrido el 23 de septiembre de 2017 en la vivienda de la víctima en Neuquén con presuntos fines de robo.
El veredicto lo dieron a conocer ayer los jueces Richard Trincheri, encargado de pronunciarlo, Daniel Varessio y Gustavo Ravizzoli, luego de cuatro audiencias realizadas la semana pasada.
Lo sorpresivo fue el severo reproche a la fiscal Sandra Ruixo, encargada de sostener la acusación durante el juicio.
Trincheri dijo, con el apoyo de sus colegas, que la fiscal defendió a la testigo estrella del caso más allá de sus «contradicciones manifiestas», y que el Ministerio Público Fiscal «debería investigarla» por su presunta participación en el hecho.
«La misma prueba que incrimina a Fuentes, sirve para incriminar» a la testigo, dijo el magistrado.
Fuentes, Bertotto y esta mujer eran amigos, se reunieron el sábado 23 de septiembre del 2017 en la casa de la víctima en República de Italia al 4.400 a beber y consumir drogas.
Un testigo vio salir a Fuentes y a la mujer el sábado a las 16 con un bolso. El domingo a la mañana en la casa de Italia al 4.400 hubo un incendio que los bomberos comprobaron que fue intencional; cuando lo extinguieron encontraron en el dormitorio, sobre la cama, el cuerpo calcinado de Bertotto. Estaba maniatado y tenía un golpe en la cabeza.
Causa de la muerte
El Tribunal dio por válida la causa de la muerte relatada por el médico forense Agustín Cozzarín, quien después de varios estudios y una junta médica, estableció que Bertotto recibió el golpe cuando se encontraba en cierto estado de relajación por el alcohol consumido; y si bien no fue mortal se asfixió con su propia lengua.
«Es homicidio simple. La fiscal Ruixo nos habló de intencional, pudo ser con dolo eventual», dijo el juez Trincheri. Explicó que el imputado golpeó a la víctima con un objeto contundente, se representó que su acción podía causarle la muerte y el resultado le fue indiferente.
Otros testigos declararon que Fuentes y la mujer vendieron un teléfono celular de la víctima en 200 pesos.
Respuesta completa
En la parte final del veredicto, Trincheri señaló: «Hay una parte muy importante a tener en cuenta, y es la víctima. Quien gestiona el interés de la víctima y de la sociedad, es la fiscalía, no lo jueces. Nosotros resolvemos entre lo que piden la fiscalía y la defensa».
Agregó que «la fiscalía tiene que dar una respuesta completa, no recortada, sobre lo que pasó».
A continuación señaló que la «testigo estrella» de la fiscalía, en relación a la mujer que compartió ese sábado con el imputado y la víctima, tuvo «contradicciones manifiestas».
«La misma prueba que incrimina a Fuentes sirve para incriminar» a la testigo. Por ello, «no digo Ruixo, porque ya mostró su postura, hizo de defensora de la mujer, pero el Ministerio Público Fiscal, en este deber que tiene con la víctima, tal vez otro fiscal, debería evaluar la posibilidad de investigar también a esta señora por este hecho», concluyó Trincheri.
El juicio de cesura, en el cual se fijará el monto de la pena que deberá cumplir Fuentes, se realizará en una fecha a determinar.
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