«Una reforma requería consultas con todos»
Balladini consideró que «era necesario dictar una norma que regulara cuáles eran los actos procesales interruptivos de la prescripción. Cada provincia tenía su propio criterio. Es conveniente que estos institutos procesales sean uniformes en su aplicación en todo el país. Eran necesarias pautas claras y concretas. Pero, la reforma tiene que estar en relación a la realidad y al tiempo.
– ¿Cuáles son las modificaciones?
– El Artículo 67 del CPP menciona dos situaciones de interrupción de la prescripción: la comisión de otro delito o cuando un funcionario sigue en la función pública. También habla de las secuelas de juicio y cada provincia interpretaba cuáles actos eran secuelas de juicio. Así, la prescripción se plantea si no existe acción penal en el transcurso de un plazo, el cual depende del tipo de delito -el artículo 62-. Todo es para que los expedientes tengan un límite y plazo razonable. El artículo 62 no se modificó: el plazo mínimo de prescripción es de dos años en los delitos de menor cuantía y llega a los 15 años en los de prisión perpetua.
– Ahora, explique su rechazo a la reforma.
– Es bueno uniformar y marcar taxativamente los actos que implican las secuelas de juicio y que interrumpen la prescripción. Pero hay otras cuestiones. Las normas deben ajustarse a las necesidades de los tiempos. En el país existen innumerables e importantes causas en la Justicia Federal -como AMIA y Banco Nación- que ahora pueden caer en la prescripción. El ciudadano tomará a la Justicia como la responsable. Por eso, se debían contemplar la situación de las causas grandes y complejas. Además una reforma de esta envergadura ameritaban una discusión de todos los operadores, y yo me enteré por los diarios». (AV)
Nota asociada: Entrevista: Alberto Balladini
Nota asociada: Entrevista: Alberto Balladini
Balladini consideró que "era necesario dictar una norma que regulara cuáles eran los actos procesales interruptivos de la prescripción. Cada provincia tenía su propio criterio. Es conveniente que estos institutos procesales sean uniformes en su aplicación en todo el país. Eran necesarias pautas claras y concretas. Pero, la reforma tiene que estar en relación a la realidad y al tiempo.
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