500 mil monotributistas y autónomos podrían acceder al crédito a tasa cero

Esa cantidad de potenciales beneficiados representan una cuarta parte del total comprendido dentro de ese segmento.

El crédito a tasa cero subsidiado por el Estado nacional podría alcanzar a unos 500.000 monotributistas y autónomos, indicaron fuentes hoy del mercado tras conocerse los requisitos que deberán cumplir los potenciales beneficiarios de esta ayuda en el marco de las medidas dispuestas para paliar los efectos económicos del coronavirus.

Esa cantidad de potenciales beneficiados representan una cuarta parte del total comprendido dentro de ese segmento, estimado en alrededor de 2.000.000 de contribuyentes.

El decreto 591/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial fijó las condiciones básicas para las personas adheridas al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes que necesiten acceder a los créditos de hasta $150.000 a desembolsar en tres meses, con un período de gracia de seis meses para el pago y en 12 cuotas.

El sistema se implementará a través de las tarjetas de crédito con la que operen los contribuyentes que resulten beneficiados.

«El requisito fundamental es estar inscripto en cualquier categoría del monotributo y, en los casos de los contribuyentes de las categorías A y B no encontrarse alcanzados por el beneficio del IFE», explicaron desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), donde precisaron también que a diferencia de otros beneficios en este caso «no existe limitación por grupo familiar».

Las condiciones también especifican que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 tuvo que haber caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado el potencial beneficiario.

Los que se inscriban para acceder al crédito no deben prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, y tampoco percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación.

«En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado», agregaron desde la AFIP.

A su vez, se hizo hincapié que «no habrá parámetros patrimoniales».

El decreto establece, además, que «los beneficiarios de este financiamiento no deberán acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos, ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito».

«Los monotributistas de la categoría A son cerca de 1 millón de personas. Hay unos 500.000 en la categoría B y unos 400.000 en la categoría C. Las tres categorías que concentran la mayor parte del monotributo que en total registra 3.5 millones de personas», explicó una fuente a Télam.

De ese total de 3,5 millones de beneficiarios, 600.000 son monotributistas sociales «mientras que monotributistas puros -que son los que pagan los tres componentes- suman alrededor de 1,8 millones de personas», agregó la misma fuente.

Por su parte, los autónomos en condiciones de acceder al beneficio rondan los 600.000, sobre un total de un millón de inscriptos.

De esta forma, cerca de 1,8 millón de contribuyentes son potenciales sujetos de crédito, una cifra que se eleva a más de 2 millones al sumar a monotributistas y autónomos.

La AFIP será el organismo encargado de determinar quiénes califican o no para acceder al beneficio.

Los beneficiarios deberán solicitar el crédito en el banco con el que ya operan y allí les será acreditado el saldo en su tarjeta de crédito.

En la víspera, el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, señaló que a quien tenga deudas en las tarjetas de crédito se le descontará ese monto al momento de calcular el préstamo, y el resto es el que quedará disponible para el financiamiento.

El decreto 376/22020 que dio nacimiento a este beneficio establece en el artículo 9 que «el Fondo de Garantías Argentina (FoGAR) podrá avalar hasta el 100% de los créditos a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y a trabajadoras o trabajadores autónomos sin exigir contragarantías».

Con información de Agencia Télam.-

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