Neuquén: hay 24 personas con detención domiciliaria por incumplir la cuarentena
Son 770 las notificadas y fueron secuestrados 110 vehículos. Ya empieza a discutirse si los casos deben quedar en la justicia provincial o la federal. ¿Qué instrucciones tienen los fiscales de Gerez?
Desde el 22 de marzo hasta ayer, 770 personas fueron notificadas en toda la provincia de Neuquén de una causa penal por no cumplir con el Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO). De ese total 24 cumplen prisión domiciliaria por ser reiterantes, es decir, las encontraron más de una vez en la calle sin justificación. Además, la fiscalía secuestró 110 vehículos.
Los datos fueron suministrados por el fiscal general José Gerez, quien indicó que el Ministerio Público tiene como objetivo principal «garantizar que se cumpla la cuarentena y generar conciencia en el ciudadano».
Por eso dijo que solamente se le formulan cargos y se pide la detención domiciliaria de los reiterantes, es decir, las personas que son sorprendidas más de una vez incumpliendo con el decreto del presidente Alberto Fernández que dispuso el aislamiento social obligatorio, al que adhirió la provincia.
En tanto el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid indicó que en los casos que le tocó intervenir se trató de ciudadanos reiterantes que fueron detenidos por la policía cuando circulaban «después de las 20», o sea que quebraban el límite horario dispuesto por el gobernador Omar Gutiérrez.
En Neuquén hay una especie de toque de queda: no se puede circular entre las 20 y las 8, ni los domingos. El fiscal Breide Obeid reconoció que hay una inversión de la carga de la prueba ya que es el ciudadano el que tiene que demostrar que sí está autorizado, por estar incluido dentro de una de las excepciones.
RIO NEGRO obtuvo videos de audiencias que se realizaron esta semana. Una de ellas fue contra un hombre que fue detectado por un control policial en la vía pública, en Centenario, el 26 de marzo a las 23.10, y el 28 de marzo a las 23.48. En ninguno de los dos casos pudo justificar qué hacía en la calle. En la segunda oportunidad intentó golpear a uno de los efectivos.
La audiencia fue bastante sencilla: la fiscal Silvia Moreira lo acusó de «violar las medidas de distanciamiento y aislamiento social obligatorio» por lo cual «atentó contra la salud pública ya que hasta la fecha no hay tratamiento antiviral ni vacuna» contra el Covid-19.
Citó como evidencia el testimonio del personal policial que lo detuvo e intervino en el procedimiento y pidió la detención domiciliaria por un mes. «Estamos en una situación de pandemia, el señor ha sido advertido una vez y, desaprensivo de esa orden, volvió a trasgredir sin importarle el riesgo en la salud que nos coloca a todos con su accionar», fundamentó la fiscal.
El defensor Leandro Seisdedos se opuso, dijo que no había peligro de fuga e invocó una cuestión procesal para argumentar que no correspondía la prisión preventiva.
El juez Diego Piedrabuena le impuso la prisión domiciliaria (según su criterio, la detención domiciliaria es una forma de prisión preventiva) «por un mes o hasta que se levante la cuarentena, lo que ocurra primero» porque «en estas circunstancias especiales tengo que garantizar que el individuo permanezca en su domicilio», dijo.
Instrucciones para los fiscales
• Demorar a las personas que no cumplen la cuarentena, notificarlos de la causa penal y dejarlos en libertad pero cumpliendo el aislamiento.
• Verificar en la base de datos si tiene algún tipo de antecedentes.
• Si es reiterante en el incumplimiento: formularle cargos y pedir al juez su detención domiciliaria por 30 días.
• Si circula en un vehículo, proceder al secuestro.
• Defender la competencia de la justicia provincial para intervenir en estos casos.
Cuestión de competencia
¿Quién debe intervenir en los casos de incumplimiento del decreto presidencial de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), la justicia provincial o la federal?
El debate se veía venir desde el primer día, y ya llegó a los tribunales de Neuquén.
En una audiencia ayer a la mañana, el defensor público Julián Berger planteó que el tema es competencia federal.
Ante el Colegio de Jueces, y antes de pedir la revisión de la prisión preventiva de un hombre acusado de incumplir el ASPO, argumentó que “el bien jurídico tutelado” por el artículo 205 del Código Penal “es la salud pública de todos los argentinos, y no sólo de los ciudadanos de la primera circunscripción, ni de la provincia de Neuquén”.
Además, «esta emergencia fue dispuesta por un DNU del Poder Ejecutivo Nacional”.
Por eso, concluyó que la preventiva había sido dictada por un juez sin competencia para hacerlo.
El fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid le respondió que “no es una cuestión que pueda revisar el Colegio de Jueces” sino “el Tribunal de Impugnación”.
De todos modos, argumentó que “el imputado está violando un decreto provincial, fue detenido a las 23 horas, violando la prohibición de circular después de las 20”.
El Colegio de Jueces, por unanimidad, rechazó el planteo de la defensa por una cuestión formal: no le toca expedirse sobre la cuestión de la competencia.
Con otra integración, en un caso idéntico, falló en forma dividida: la jueza Ana Malvido opinó que debe intervenir la justicia federal.
A partir de la semana que viene le tocará expedirse al Tribunal de Impugnación. Según sondeos de este diario, todavía no hay una postura unánime sobre este punto entre sus integrantes.
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