Coronavirus: Por decreto limitaron horario de atención de comercios en Regina
Un nuevo decreto del intendente Marcelo Orazi, regula a nivel local lo establecido en DNU firmado por el presidente Alberto Fernández. Desde este domingo los comercios de alimentos podrán abrir entre las 8 y las 18. Se aplicarán multas a los comercios no autorizados para abrir.
En sesión especial el Concejo Deliberante aprobó este sábado un nuevo decreto del intendente Marcelo Orazi, que regula el DNU de nación por el que se estableció la cuarentena preventiva y obligatoria, fijando entre otros aspectos el que los comercios podrán abrir sus puertas entre las 8 y las 18.
La medida entrará en vigencia este domingo a partir de la publicación del decreto 36/2020 en el boletín oficial.
El decreto del ejecutivo municipal determina las actividades que estarán autorizadas para prestar servicios, y que personal de diferentes rubros estará autorizado a circular en las calles para concurrir a sus puestos de trabajo. En tanto para el general de la población se mantiene la medida de restricción de circulación, autorizando solo la salidas de los hogares para la compra de alimentos, artículos de higiene y de limpieza.
A su vez el decreto firmado por Orazi y la totalidad de su gabinete, que obtuvo el respaldo por los concejales de Regina, determina la aplicación de multas de 150 mil pesos y clausura de comercios que abran sus puertas sin estar comprendidos entre los rubros autorizados para tal fin.
En la sesión especial que se realizó en la tarde del sábado en el Concejo Deliberante con la presencia de todos los concejales que adoptaron distancia entre ellos para la reunión, se aclaró que el decreto municipal, busca llevar claridad al DNU firmado por el presidente Alberto Fernández en el que se estableció la cuarentena preventiva y obligatoria en todo el territorio nacional.
En el decreto municipal se autorizó para la totalidad de los vecinos de Villa Regina el “desplazamiento mínimo e indispensable para la provisión de alimentos, artículos de limpieza y medicamentos”, al tiempo que se facultó al Departamento Ejecutivo del municipio con la asistencia de policía a realizar el decomiso de mercaderías que no estén comprendidas en los items de alimentos, medicamento, higiene personal y limpieza.
A su vez con autorizaciones emitidas por sus empleadores y autoridad pública, se permitirá el desplazamiento a trabajadores que presten servicios en supermercados mayoristas y minoristas, alimentos, farmacias, ferreterías, veterinarias, expendedoras de combustibles, garrafas o leña, panaderías y fábricas de pastas; de corralones y ferreterías solo con venta de materiales y herramientas para urgencias. Estos rubros serán a su vez los autorizados para prestar servicios entre las 8 y las 18.
El decreto autoriza la actividad en galpones de empaque, frigoríficos y tareas de cosecha; de los servicios de taxis y remises con un máximo de 2 pasajeros; transporte urbano de pasajeros y transporte de productos de rubros autorizados.
Además se permitirá la circulación de deliverys de restoranes, casas de comidas preparadas, locales de comidas rápidas con reparto domiciliario, con protocolo específico establecido por autoridad sanitaria. Los comercios del rubo tintorería y lavandería rápida también estarán autorizados para prestar servicios.
Por otra parte en cuanto a las prohibiciones, el decreto 36/2020 firmado por Orazi, estableció que no se podrán realizar servicios velatorios y ceremonias que impliquen reunión de personas; la venta en supermercados de cualquier otro rubro que no sea alimenticio, de higiene y limpieza. En tanto limita a un máximo de 10 personas la permanencia en estos locales.
También se prohibió la concurrencia de personas ajenas a locales comerciales habilitados para actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales, las ferias de cualquier tipo, y las actividades recreativas y deportivas individuales y grupales en espacios públicos y gimnasios.
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