Conductor de Pehuenche no frenó en el lomo de burro y exigen pagar más de un millón a una pasajera

Un fallo de primera instancia, que aún no está firme ya que puede ser apelado, condenó a la empresa Pehuenche a indemnizar a una pasajera por más de un millón de pesos. El chofer chocó contra un lomo de burro y la mujer golpeó su cabeza contra el techo y resultó con lesiones.

La suma de 1.240.762,80 de pesos más intereses es el monto total que la empresa concesionaria del servicio de transporte público en CIpolletti deberá abonar a la mujer, de 59 años.

Ella viajaba en una unidad de la firma Pehuenche S.A, en dirección al barrio Ferri. El colectivo iba por calle San Luis y el chofer no alcanzó a frenar a tiempo y embistió contra un moderador de velocidad, más comúnmente llamado lomo de burro, que estaba señalizado.

El impacto provocó que la damnificada, que iba sentada en el ante último asiento, golpeara su cabeza contra el techo de la unidad. En ese momento tuvo que ser asistida por fuertes dolores en la espalda.

A raíz del accidente quedó postrada en una cama del Hospital Moguillansky a la espera de atención médica por 23 días, sin posibilidad de moverse. Posteriormente, con ayuda de familiares, amigos y conocidos pudo ser trasladada a la Fundación Médica, adonde fue intervenida.

Los exámenes confirmaron que sufrió una fractura vertebral y debió ser intervenida quirúrgicamente. La pericia médica que se llevó adelante en sede judicial determinó una incapacidad del 49%.

A su vez, la pericia accidentológica concluyó que la velocidad mínima probable del ómnibus un instante antes de iniciar el proceso de frenado era de aproximadamente 49 km/h, superior a lo establecido por la ley.

En el fallo quedó expreso que la causa principal fue el “factor netamente humano, y concretamente atribuible a la falta de percepción y reacción del tiempo y espacio del conductor del ómnibus para detenerse previo al lomo de burro».

El juez Diego De Vergilio, titular del Juzgado Civil 1, determinó el monto total de la condena por la cantidad de 1.240.762,80 de pesos. EN esa suma se incluye el daño físico, daño emergente (gastos médicos, farmacéuticos, quirúrgicos y de traslado), costo de tratamientos médicos futuros, costo de tratamiento psicológico y daño moral.

La sentencia también hizo extensiva la condena a la Mutual Rivadavia de Seguros de Transporte Público de pasajeros, en la medida del seguro.


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