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Icare, sobreseído de no limpiar la estatua del general Roca
La causa se inició por la denuncia
de un vecino que cuestionó la falta de limpieza de la
estatua ubicada en el Centro Cívico.
 | | La estatua del general Roca fue el centro de la polémica. | SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez de instrucción Martín Lozada resolvió sobreseer al intendente Alberto Icare de los cargos de "incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes y omisión de denuncia", que había formulado en su contra un reconocido vecino de la ciudad. Roberto Gilberto Tadeo lo había denunciado, y también a los integrantes del Concejo Municipal, por su inacción para borrar las pintadas que afectan desde hace varios meses la estatua ecuestre del general Roca, y los pañuelos blancos -alusivos a las Madres de Plaza de Mayo- que se encuentran estampados en las lajas de la plaza Expedicionarios al Desierto, a los que el denunciante definió como "manchas", que tendrían "naturaleza político-ideológica". Tadeo es un antiguo y respetado vecino que se desempeñó como meteorólogo durante muchos años, y aún sigue facilitando estadísticas y registros confiables sobre temperatura y precipitaciones pluviales a los medios de prensa que se lo solicitan. Ade- más, es un destacado bailarín y cultor del folclore nacional, y junto a su esposa se han presentado en innumerables festivales y eventos comunitarios. Hace algunos meses, encabezó una presentación de vecinos que reclamaban la restauración de la estatua del general Julio Argentino Roca y la limpieza de los pañuelos pintados de la Plaza. La falta de respuesta de las autoridades del municipio y del Concejo motivaron el agravio y la denuncia de Tadeo, pero el juez Lozada justificó las razones expuestas por el intendente, reivindicó la presencia de los pañuelos blancos: "obvia referen- cia, claró está, a las Madres de Plaza de Mayo y su peregrinar durante más de dos décadas y me- dia en procura de difundir y garantizar la cultura de los derechos humanos en la Argentina", señaló. Icare, al responder a los requerimientos del magistrado, declaró que "la limpieza no pudo llevarse a cabo por razones estrictamente económicas que impidieron dar prioridad a la contratación de una empresa que la realice", y se comprometió a encarar el arreglo, junto a la Comisión de Patrimonio Histórico, en cuanto tuviera dinero suficiente para hacerlo. El juez Lozada consideró que la excusa del intendente era atendible, que Icare no se había desentendido, ni había rehusado la obligación, y que debía posponer tareas que, aunque importantes, resultaban de menor urgencia y gravedad social. Entendió que las circunstancias no permitían considerar que estaba ante un ilícito penal, tal como se lo presentaba, y recordó que el agente fiscal había dictaminado la ausencia del dolo implícito en la figura penal aludida, dado que la omisión obedecía a "estrictas razones presupuestarias". En relación con el Concejo Municipal entendió que tampoco podía prosperar la imputación, porque el cuerpo deliberante se encuentra legalmente impedido de disponer medidas directas sobre los monumentos y sobre el conjunto arquitectónico denominado Centro Cívico.
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